Revista Crítica de Historia de las Relaciones Laborales y de la Política Social
ISSN versión electrónica: 2173-0822
INTERSECCIONALIDAD: LA DISCRIMINACIÓN MÚLTIPLE DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO
Clara LÓPEZ SÁNCHEZ
Carol VILASECA GARCÍA
Jazmín Mariana SERRANO JAPA
RESUMEN: Todas las personas deberíamos tener los mismos derechos, pero en la realidad no tenemos las mismas oportunidades de acceder a ellos. La desigualdad afecta en las oportunidades que tenemos los seres humanos de acceder a recursos para defender y reclamar nuestros derechos como personas, y se manifiesta socialmente a través de las discriminaciones. El concepto de interseccionalidad viene referido a la discriminación múltiple que sufren las mujeres, bien por el hecho de ser mujeres sumándole los motivos de raza, etnia, orientación sexual, discapacidad, etc. La convergencia de los estereotipos aumenta la probabilidad de sufrir una situación de discriminación. Si a esta explotación y dominación de la mujer añadimos las características de raza y etnia que podemos tener como seres humanos encontramos la interseccionalidad. Siendo la discriminación por el mero hecho de ser una mujer inmigrante. La interseccionalidad permite entender situaciones de opresión, de privilegio y de derechos humanos en todas partes del mundo. El hacer frente a esta realidad nos permitirá tener mayor condición de igualdad de género y a la vez contar con los mismos derechos y obligaciones. En 1977 por el grupo Combahee River, por Spelman en 1983, Moraga y Anzaldúa, Ángela Davis y Bell Hooks en 1981 fue apareciendo el término. Oficialmente se consagró en una publicación científica en 1989 por Kimberlé Crenshaw, abogada y activista. La idea de la interseccionalidad parte desde una concepción género y de raza. Kimberlé Crenshaw abre camino al debate sobre el doble vínculo al que se enfrenta las víctimas de prejuicios raciales y de género simultáneamente. Empezó a utilizar este término para confrontar el hecho de que muchos de los problemas de justicia social como el racismo o el sexismo, a veces se solapan, creando múltiples niveles de injusticia social (discriminación). Patricia Hill Collins, socióloga estadounidense y profesora en la Universidad de Maryland, en su rueda de la interseccionalidad clarifica a modo de ejemplo algunos de los tipos de discriminación más usuales que puedes existir y se pueden converger entre sí. En esta rueda, se identifica un eje horizontal (eje de desigualdad), que separa la parte superior, donde se encontrarían aquellos factores per ofrecen privilegios, aquellas personas cuyas condiciones son consideradas socialmente bien aceptadas, y por tanto gozan de acceder más fácilmente a los derechos universales. En el cine podemos encontrar ejemplos que nos sirven para analizar desde diferentes relaciones la interseccionalidad. Es impresionante como la discriminación, la desigualdad, la opresión ha venido afectando e impactando de una u otra manera en gran escala a las mujeres. La interseccionalidad también queda recogida en la Declaración de Eliminación de la Violencia contra la Mujer de la ONU de 1993. Por otra parte, según el comunicado de prensa de la Dirección General de Comunicación México se expone que: La Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), María del Rosario Piedra Ibarra, manifestó su preocupación por el recrudecimiento de la desigualdad, discriminación y violencia en contra de las mujeres y niñas. La discriminación es aquella distinción, exclusión, rechazo o restricción. La interseccionalidad nos ayuda a ver como personas de diferente religión, color de piel, etnia, discapacidad, etc. sufren estas opresiones y no gozan de los mismos privilegios que las demás personas. Las consecuencias más directas de esta discriminación son la privación de derechos, la perturbación o la amenaza. A nivel psicológico, afecta en que la persona que la sufre, pueda distanciarse o desvincularse de sus grupos de referencia. Para aplicar la interseccionalidad en nuestra práctica profesional tenemos que tomar otro enfoque del acceso a nuestros derechos y oportunidades, viendo la erradicación de la discriminación como lo principal. Gracias a la rueda de interseccionalidad de Patricia Hill, obtenemos a modo de ejemplo muchos de los factores que pueden intervenir a la hora de generar diferentes tipos de discriminación. La importancia de investigar y conocer sobre la interseccionalidad permite identificar de manera razonable como la intersección de las distribuciones sociales (género, economía, sexualidad, educación, raza, nacionalidad, clase o discapacidad) genera situaciones de discriminación compleja y a la vez comprender como es que se reproducen y mantienen en el nivel estructural, político y discursivo.
PALABRAS CLAVE: Interseccionalidad, Mujer, Discriminación múltiple, Perspectiva de género, Estereotipos, Derechos, Derechos Humanos, Derechos Universales, Declaración de Eliminación de la Violencia contra la Mujer, ONU, Igualdad, Oportunidades, Normas sociales, Privilegios, Desigualdad, Origen estructural, Erradicación, Comportamiento social, Derechos fundamentales, Educación, Trabajo social, Salud, Motivos raciales, Motivos religiosos, Condición física, Orientación sexual, Raza, Etnia, Orientación sexual, Discapacidad, Castigo, Violencia, Explotación, Color de piel, Andocentrismo, Sociedad patriarcal, Opresión, Mujer inmigrante, Intereseccionalidad estructural, Interseccionalidad política, Problemas de justicia, Injusticia social, Racismo, Sexismo, Rueda de interseccionalidad, Amor, Roma, Psicología, Práctica profesional, Praxis, Kimberlé Crenshaw, Combahee River, Spelman, Moraga y Anzaldúa, Ángela Davis, Bell Hooks, Patricia Hill Collins, Ulrich Seidl, Alfonso Cuarón, María del Rosario Piedra Ibarra.
1.Introducción
Todas las personas deberíamos tener los mismos derechos pero en la realidad no tenemos las mismas oportunidades de acceder a ellos. Hay personas que simplemente por las normas sociales establecidas tienen más privilegios que otras, por ello podemos decir que la desigualdad tiene un origen estructural. La desigualdad afecta en las oportunidades que tenemos los seres humanos de acceder a recursos para defender y reclamar nuestros derechos como personas, y se manifiesta socialmente a través de las discriminaciones. Es decir, la discriminación es un comportamiento social que alimenta la desigualdad, tratando a ciertas personas o colectivos de manera inferior a otras y por tanto privando del acceso a derechos fundamentales como la educación, el trabajo o la salud por movidos raciales, religiosos, de condición física, orientación sexual.
2.Concepto de interseccionalidad.
El concepto de interseccionalidad viene referido a la discriminación múltiple que sufren las mujeres, bien por el hecho de ser mujeres sumándole los motivos de raza, etnia, orientación sexual, discapacidad, etc. (Pardo, s.f., p.17).
En este sentido la interseccionalidad o discriminación múltiple es un tipo de dicha discriminación, se refiere a aquella condición en la que la combinación de dos o más factores, generan o aumentan la situación de discriminación. Por ejemplo, en el ámbito laboral, si bien en muchos aspectos existe discriminación hacia la mujer, si además está mujer tiene algún tipo de discapacidad, estos dos factores (ser mujer y la discapacidad), la pondrían en una situación más vulnerable a sufrir discriminación, simplemente por su condición.
La convergencia de los estereotipos aumenta la probabilidad de sufrir una situación de discriminación. Es por esto, que desde una visión feminista, la interseccionalidad pretende dar lugar a aquellas discriminaciones que sufren las mujeres, teniendo en cuenta otros tipos de estereotipos o factores que pesan sobre cada una de ellas, en su condición y que pueden agravar esa discriminación. Por ejemplo, una mujer española, tiene probabilidades de sufrir discriminación por una razón de género, una mujer africana en España, además de sufrir discriminación por razón de género también sufrirá discriminación racial.
Así, viviendo en una sociedad patriarcal en la que rige por el androcentrismo como pensamiento general, el hombre se mantiene en la escala jerárquica como un ser superior donde la mujer es meramente inferior y le es imposible llegar a ese escalón de dicha escala en la que se encuentra dominándola y explotándola, esta explotación es tomada como costumbre pues ha sido impuesta por nuestra historia: la mujer sumisa al hombre y atendiéndole y cuidándole para que nos proteja y nos traiga el sustento a casa. Pues bien, si a esta explotación y dominación de la mujer añadimos las características de raza y etnia que podemos tener como seres humanos encontramos la interseccionalidad. Siendo la discriminación por el mero hecho de ser una mujer inmigrante.
Enfrentar un hecho que ha generado por muchos años discriminación, castigo, violencia y dominación en las mujeres. Esto significa que “la interseccionalidad permite entender situaciones de opresión, de privilegio y de derechos humanos en todas partes del mundo. Nos ayuda a construir planteamientos en favor de una igualdad sustantiva a partir de historias de mujeres o de estudios de casos de colectividades (mujeres que hablan o escriben desde la experiencia de sus identidades específicas y la intersección de las mismas) (…) Además nos permite ver que el reclamo de las mujeres a favor de la igualdad de derechos no es la expresión egoísta de cierto sector que sólo busca promover sus propios intereses, sino que es fundamental para que los derechos humanos plenos, como promesa, pasen a ser una realidad para todos” (Bach, 2014, p. 48).
El hacer frente a esta realidad nos permitirá tener mayor condición de igualdad de género y a la vez contar con los mismos derechos y obligaciones.
3.Origen del término.
Ya en 1977 por el grupo Combahee River, por Spelman en 1983, Moraga y Anzaldúa, Ángela Davis y Bell Hooks en 1981 fue apareciendo el término, siendo materia de análisis, pero oficialmente se consagró en una publicación científica en 1989 por Kimberlé Crenshaw, abogada y activista. La autora analiza la interseccionalidad desde diferentes enfoques: interseccionalidad estructural y política (Expósito Molina, 2012, p. 34).
La idea de la interseccionalidad parte desde una concepción género y de raza. Kimberlé Crenshaw, abogada afroestadounidense, fue la mujer que acuñó el término en 1989 abriendo un camino al debate sobre el doble vínculo al que se enfrenta las víctimas de prejuicios raciales y de género simultáneamente. “Hace muchos años comencé a usar el término interseccionalidad para abordar el hecho de que muchos de nuestros problemas de justicia social, como el racismo y el sexismo, a menudo se superponen creando múltiples niveles de injusticia social” (Kimberlé, s.f.).
Empezó a utilizar este término para confrontar «el hecho de que muchos de los problemas de justicia social como el racismo o el sexismo, a veces se solapan, creando múltiples niveles de injusticia social» (discriminación) (Andrés, s.f.). La finalidad del término fue para poner en evidencia la doble discriminación que sufren las mujeres afroamericanas que viven en estados Unidos y dar lugar a la idea de que las personas no solo pueden sufrir discriminación por una única razón, sino que puede existir una convergencia entre más de un factor que genera una situación de discriminación mayor. De esta manera, dio un nombre a dicho problema, que conllevó a su visibilización y, por tanto, a poder construir una solución acertada, para no caer en el error de trabajar desde una discriminación parcial, intensificando así la percepción de la discriminación sufrida real. Tal y como Kimberlé citó en una de sus charlas «si no se puede ver un problema, no se puede solucionar».
Por lo tanto este término de la interseccionalidad fue de gran importancia porque permitió indicar “de qué manera la raza y el género, interactuando, conforman las múltiples dimensiones de desventajas que definen las experiencias de las mujeres negras en los Estados Unidos” (Barbera, 2017, p. 193).
4.Tipos de interseccionalidad.
Lejos de todo lo que acontece, es necesario estudiarlas, comprenderlas, e identificarlas y hacer un contraste de la gravedad y por tal cuando veamos una opresión seamos pioneros de denuncia. Patricia Hill Collins, socióloga estadounidense y profesora en la Universidad de Maryland, en su rueda de la interseccionalidad clarifica a modo de ejemplo algunos de los tipos de discriminación más usuales que puedes existir y se pueden converger entre sí.
Rueda de la interseccionalidad de Patricia Hill Collins (Extraída de la Universidad Internacional de Valencia)
En esta rueda, se identifica un eje horizontal (eje de desigualdad), que separa la parte superior, donde se encontrarían aquellos factores per ofrecen privilegios, aquellas personas cuyas condiciones son consideradas socialmente bien aceptadas, y por tanto gozan de acceder más fácilmente a los derechos universales. En contraposición, en la parte inferior del eje, se encontrarían los factores, estereotipos o caracteres opuestos a los de parte superior, y que por tanto, definieran a aquellas personas que sufren opresión o discriminación.
En cuantos algunos ejemplos que se pueden acontecer son los siguientes: • En sociedades sexistas o androcentristas, pertenecer al género masculino sup
one unos privilegios y derechos superiores a la mujer, generando así una opresión de esta segunda que debe seguir las normas establecidas por hombres y el rol que le pertoca como mujer sin capacidad de decisión.
• El racismo influye en cuanto a los privilegios sociales, laborales, judiciales… que tienen las personas blancas frente a las personas que pertenecen a una minoría étnica.
• El mismo caso encontramos en sociedades o colectivos heterocentristas, donde se discrimina al colectivo LGTBIQ, por no seguir la normal social aceptada, en este caso la heterosexualidad.
• La apariencia física, es otro ejemplo claro de discriminación en varios ámbitos. Por ejemplo, para poder optar a un puesto de trabajo, en muchas ocasiones se da privilegio a aquellas personas atractivas antes que a las que lo son menos.
• La estabilidad económica sería otro factor que también influye directamente sobre el acceso a los derechos. Es mucho más fácil acceder a recursos desde una posición adinerada, que una persona o familia empobrecida.
En la investigación de “Feminicidios con perspectiva de género. Un análisis interseccional de thefall (caza)” de Peláez (2017), se señaló que, para Collins (1990) mediante su matriz de dominación se establece que los diferentes ejes o tipos de interseccionalidad son: apariencia atractivo según las normas estéticas occidentales, clase social baja, media, alta, crédito prestigio en el entorno laboral y social, diversidad funcional independiente o con algún tipo de discapacidad, edad joven/viejo, en edad productiva o no, etnia/raza, identidad de género cisgénero, transgénero, idioma, nacionalidad, nivel cultural, orientación sexual heterosexual, bisexual, homosexual, profesión cualificada, no cualificada y rol de género femenino, masculino (p.186).
En el cine podemos encontrar ejemplos que nos sirven para analizar desde diferentes relaciones la interseccionalidad. Ejemplo de ello puede ser la película Amor dirigida por Ulrich Seidl, se rodó en 2012 en Austria, Alemania y Kenia, esta película es la que abre la trilogía de Paraísos de este director. Este film trata sobre una mujer austriaca de 50 años que viaja de vacaciones a Kenia, la perspectiva interseccional se alcanza con la explotación sexual. La dominación que ejerce la protagonista, mujer blanca, sobre los africanos, hombres negros, para que a través del dinero canaliza la frustración y la soledad que siente haciendo que sean sus prostitutos y ellos subordinándose a 4 las órdenes de la protagonista encubriendo la explotación sexual en amor romántico.
Otro ejemplo que podemos tomar es la película Roma del director Alfonso Cuarón, una película mexicana lanzada en 2018. Encontramos una estructura social patriarcal en la que la protagonista es una empleada de hogar que se encuentra subordinada a los señores de la casa para la que trabaja e irradia claramente la jerarquía estamental quedando patentes las desigualdades que vive por motivo de clase y etnia.
Estos son algunos de los tipos de discriminación recogidos e ilustrados por Patricia Hill en su rueda de la interseccionalidad. Lo que se extrae de ella, son los diversos factores, estereotipos, características o rasgos que pueden generar mayor o menor aceptación social y que por tanto generan una desigualdad entre personas, pudiendo así unir y converger unos con otros, estableciendo una discriminación u opresión mayor en algunos casos.
5.El impacto de la interseccionalidad en la vida de las personas.
Es impresionante como la discriminación, la desigualdad, la opresión ha venido afectando e impactando de una u otra manera en gran escala a las mujeres. En cuanto a la investigación de Repensando las violencias contra las mujeres: Una mirada interseccional desde el Trabajo Social, se señala que:
“La interseccionalidad también queda recogida en la Declaración de Eliminación de la Violencia contra la Mujer de la ONU de 1993, preocupada por el hecho de que algunos grupos de mujeres, como por ejemplo: las mujeres pertenecientes a minorías, las mujeres indígenas, las refugiadas, las mujeres migrantes, las mujeres que habitan en comunidades rurales o remotas, las mujeres indigentes, las mujeres recluidas en instituciones o detenidas, las niñas, las mujeres con discapacidades, las mujeres mayores y las mujeres en situaciones de conflicto armado son particularmente vulnerables a las violencias” (García, 2017).
Por otra parte, según el comunicado de prensa de la Dirección General de Comunicación México se expone que:
“La Presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), María del Rosario Piedra Ibarra, manifestó su preocupación por el recrudecimiento de la desigualdad, discriminación y violencia en contra de las mujeres y niñas y llamó a las autoridades, organizaciones de la sociedad civil y a la población en general, a redoblar esfuerzos para salvaguardar su vida, libertad, dignidad y justicia” (Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 2020).
Por lo tanto, la discriminación hacia las mujeres es algo latente en nuestra sociedad y, a mayor escala, para aquellas mujeres que provienen de otros países buscando un futuro y calidad de vida mejor que la que tenían. La discriminación es aquella distinción, exclusión, rechazo o restricción. Realizada por el estado o por los individuos que genera desigualdad entre las personas, por razones tales como: la raza o la etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideológica, la religión, el sexo, la orientación sexual, la apariencia, la discapacidad… Es decir, discriminar es tratar injustamente a alguien por el mero hecho de pertenecer a un grupo social distinto, basado en prejuicios o valoraciones negativas.
Asimismo, además de la discriminación y desigualdad que sufren, en general, se encuentran con desigualdades provocadas por otras mujeres en razón de las diferencias por la clase social, que, como mencionábamos en anteriores preguntas, es debido al sistema patriarcal que impera en nuestra sociedad.
Por ello, la interseccionalidad nos ayuda a ver como personas de diferente religión, color de piel, etnia, discapacidad, etc. sufren estas opresiones y no gozan de los mismos privilegios que las demás personas. Son estas 5 características las que llegan a afectar al entorno y, más allá, las comunidades de personas, instituciones, etc.
Sin embargo, las consecuencias más directas de esta discriminación son la privación de derechos, la perturbación o la amenaza. Es decir, la discriminación genera una agresión en contra de la persona que la sufre y esta violencia puede encontrarse en diferentes ámbitos (social, laboral, judicial…)
A nivel psicológico, afecta en que la persona que la sufre, pueda distanciarse o desvincularse de sus grupos de referencia, rechazando así una parte de sí mismo y crenado un conflicto de identidad propia, puede afectar a su autoestima y generar sentimientos de tristeza, desolación ira y temor a ser agredido.
En el caso de la interseccionalidad, esta discriminación no se da por una simple condición o factor, sino que se da por la interacción de múltiples factores en una misma persona. Esto hace que la violencia o agresiones sufridas sean el doble. La discriminación en estos casos se hace más aguda y las consecuencias sufridas por tanto tienen un riesgo mayor.
En casos más graves, tal y como explica Kimberlé en sus charlas, se ha llegado a asesinar en EEUU por razón de género y de raza. Además de estas consecuencias fatales, la no visibilización de este tipo de discriminación múltiple hace mucho más difícil identificar el problema y por tanto trabajar para generar soluciones acertadas a esta discriminación social. Hay que visibilizar este concepto para rechazar así cualquier tipo de discriminación o acción violenta que suponga de un coste humano.
Y es que a pesar de estar en pleno siglo XXI aún se sigue visualizando diariamente situaciones complejas en cada rincón como en la familia, barrio, amigos, etc., afectando y agravando su autoestima, estabilidad emocional, comportamiento, rendimiento académico, rendimiento laboral, salud mental entre otros, por ello no debemos de comprimir esfuerzos para ayudar a enfrentar, reducir y prevenir este problema que no sólo está afectando a la víctima que lo padece sino a todos/as en general.
6.La detección de los ejes de desigualdad. ¿Mejora la praxis profesional y el abordaje de los casos?
Para aplicar la interseccionalidad en nuestra práctica profesional tenemos que tomar otro enfoque del acceso a nuestros derechos y oportunidades, viendo la erradicación de la discriminación como lo principal. Tenemos que analizar tratando de ver como determinadas políticas y prácticas disponen las vidas de las personas que están sufriendo la desigualdad, diferenciándolas, de aquellas que no se encuentran bajo las mismas circunstancias. Resulta evidente que aplicada la interseccionalidad podemos lograr un análisis más profundo en las capacidades de la persona, tomando un enfoque interdisciplinar para así abordar la problemática desde varias áreas y no de manera unilateral que solo nos lleva al etiquetamiento de la persona.
Efectivamente, ha sido de mucha ayuda la detección de los ejes de desigualdad para mejorar la práctica profesional y la carga de casos, ya que nos han permitido identificar vulnerabilidades en todo el contexto que se ha venido generando violencia, así mismo a crear conciencia para que exista una sociedad más inclusiva y para que las políticas conozcan la diversidad y la pluralidad de identidades. Según Barbera (2017) explica que: “Partiendo de un enfoque deconstruccionista, la interseccionalidad permite entender el posicionamiento social como un lugar de subjetivación, poder y privilegio que cambia dinámicamente a lo largo del tiempo y en los distintos contextos sociopolíticos en relación con las diferentes estructuras sociales y representaciones discursivas que conforman las relaciones sociales” (p. 194).
Partiendo desde un enfoque psicológico y teniendo en cuenta estos factores de desigualdad, se podría identificar de manera más clara cuales son las barreras o dificultades que sufren cada una de las mujeres en casos específicos y así lograr buscar recursos que lleguen a abordar todas las esferas necesarias para su recuperación social y emocional.
Desde esta perspectiva, el trabajo psicológico va muy enfocado a poder ayudarlas a superar la discriminación sufrida por ser mujer. Por eso se considera que, la detección de los diferentes ejes de desigualdad que pueden habitar en cada persona, así como la interacción entre estos ejes, que generan una discriminación aún mayor puede ayudar a la persona profesional tanto a entender mejor la situación específica de cada mujer, como para buscar y ofrecer los recursos necesarios para cada una de ellas.
Teniendo en cuenta estos factores de desigualdad, se podrá identificar de manera más clara cuales son las barreras o dificultades que sufren cada una de las mujeres en sus casos específicos y así se podrá buscar recursos y ofrecer una ayuda mucho más específica y concreta para cada una de ellas, llegando así a abordar todas las esferas necesarias para su recuperación social y emocional.
Por ello se hace necesario realizar un estudio previo de la situación de cada mujer, su entorno, trabajo, familia, grupo social, rango económico, consumo de tóxicos, cultura o religión etc. Esto podrá ayudar en la praxis profesional a identificar los distintos tipos de vulnerabilidad habitada en cada persona, y así preparar un plan de intervención mucho más personalizado.
De igual modo, añadir que gracias a la rueda de interseccionalidad de Patricia Hill, obtenemos a modo de ejemplo muchos de los factores que pueden intervenir a la hora de generar diferentes tipos de discriminación, pero no son los únicos que existen, por lo que se hace necesario realizar una mirada más amplia y tener en cuenta cualquier factor que pueda influir. Otros factores que se pueden añadir y puede generar más vulnerabilidad por ejemplo podría ser; mujeres reclusas o ex-reclusas, la prostitución, ser madre dentro del ámbito laboral…
7.Conclusiones.
El concepto de interseccionalidad dio un nombre a un tipo de discriminación mayor que es sufrida por muchos colectivos y personas. Gracias a la tipificación de este tipo de discriminación, ahora se tiene la posibilidad de conocerla, expandirla y buscar soluciones acordes a ella. Como se ha citado anteriormente, al ser una discriminación doble, también existen unas consecuencias que pueden ser mayores sobre las personas que sufren una doble o triple discriminación. Es un problema de justicia social, ya que los factores que afectan a la discriminación son constructos sociales, creados por nosotros mismos. Por ello, para mitigar las posibles consecuencias y el impacto negativo sufrido en la vida y la salud de este tipo de colectivos más vulnerables, somos la misma sociedad que ha creado estos ejes de desigualdad, lo encargados de trabajar para erradicar cualquier tipo de discriminación y opresión. La integración actual requiere que afrontemos las vulnerabilidades interseccionales. La importancia de investigar y conocer sobre la interseccionalidad permite identificar de manera razonable como la intersección de las distribuciones sociales (género, economía, sexualidad, educación, raza, nacionalidad, clase o discapacidad) genera situaciones de discriminación compleja y a la vez comprender como es que se reproducen y mantienen en el nivel estructural, político y discursivo.
La igualdad de género pondrá un alto al atropello de mujeres donde los derechos y obligaciones siguen siendo limitados por una sociedad con pensamiento a base de estereotipos, prejuicios y discriminaciones.
La interseccionalidad viene creada del conocimiento de una mujer de raza negra que sufre una doble discriminación: por ser mujer y por ser negra. Como método a aplicar la interseccionalidad es compleja puesto que nuestras instituciones están segmentadas por colectivos y la interseccionalidad no entiende de este tipo de formaciones, si no de ahondar en el análisis de la no discriminación y la no desigualdad del ser humano, sin tener que ver las condiciones de raza, sexo, orientación sexual, capacidades diferentes, religión, etc. y desde una visión interdisciplinar, para así hacer efectiva la implantación de la igualdad en la sociedad. Para ayudar a la aplicación de la interseccionalidad de una manera global, desde la Unión Europea podrían lanzar unas políticas sociales destinadas a las personas que sufren este tipo de desigualdad por el hecho de nacer en lugares no considerados “ricos” o de “nuevo mundo”. Así como forjar alianzas y pactos con los diferentes estados y países para lograr una implantación y mejora a nivel mundial. Los profesionales en nuestra práctica tenemos que aplicar todos los recursos que tenemos a nuestro alcance, reconociendo la diversidad existente y enriqueciendo de ella, tanto a nosotros mismos como a nuestro entorno, reflexionar y hacer conocer la interseccionalidad para que se pueda aplicar por el máximo número de personas e intentar ir erradicando, paso a paso, la discriminación y desigualdad que sufren las mujeres inmigrantes en nuestro país así como en el resto del mundo.
BIBLIOGRAFÍA
Andrés, M. (s.f.). “Pensar la interseccionalidad en el mundo del trabajo”, Género y trabajo. Recuperado de: Pensar la interseccionalidad en el mundo del trabajo – GROW (generoytrabajo.com).
Asociación para los Derechos de la Mujer y el Desarrollo, AWID (2004) Interseccionalidad: una herramienta para la justicia de género y la justicia económica. Genero y derecho, No. 9, agosto 2004. Recuperado de: https://www.awid.org/sites/default/files/atoms/files/nterseccionalidad_-_una_herr amienta_para_la_justicia_de_genero_y_la_justicia_economica.pdf
Bach, A.M. (2014). Fertilidad de las epistemologías feministas. Artigo: Sapere Aude – Belo Horizonte, v.5 – n. 9, pp. 38-56.
Barbera, M. C. (2017). “Interseccionalidad”, Revista en Cultura de la Legalidad, 191-198.
Comisión Nacional de los Derechos Humanos. (06 de Marzo de 2020). CNDH México. Obtenido de Recrudecimiento de la desigualdad, discriminación y violencia en contra de mujeres y niñas: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2020-03/COM_2020_07 3.pdf
Crenshaw Williams, K. [TED Women]. (Octubre 2016). “La urgencia de la interseccionalidad”. Recuperado de: https://www.ted.com/talks/kimberle_c renshaw_the_urgency_of_intersectionality ?language=es
Crenshaw Williams, K. [formación mzc]. (Febrero 2019). “¿Qué es la interseccionalidad?” Recuperado de: https://www.youtube.com/watch? v=hBaIhlmM3ow
Crenshaw Williams, K. [National Association of Independent Schools (NAIS)]. (Junio 2018). “Kimberlé Crenshaw: What is Intersectionality?” Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=ViDtnfQ9FHc&ab_channel=NationalAssociat ionofIndependentSchools%28NAIS%29
Collins, Patricia Hill (1990), “Black Feminist Thought: Knowledge, Consciousness and the Politics of Empowerment”, Unwin Hyman, Boston.
Cruells López, M. (2015). “La interseccionalidad política: tipos y factores de entrada en la agenda política, jurídica y de los movimientos sociales”. Institut de Govern i Politiques Públiques de la Universitat Autònoma de Barcelona.
Expósito Molina, C. (2012). “¿Qué es eso de la interseccionalidad? Aproximación al tratamiento de la diversidad desde la perspectiva de género en España”. Universidad de Barcelona.
García, N. S. (20 de Diciembre de 2017). “Repensando las violencias contra las mujeres: Una mirada interseccional desde el Trabajo Social.” Obtenido de https://www.universidadviu.es/repensando-las-violencias-las-mujeres-una-mirad a-interseccional-desde-trabajo-social/
Fundación Paz Ciudadanía (s.f). ¿Cuáles son los efectos de la discriminación? Chile. Recuperado de: https://pazeduca.cl/wp-content/uploads/2017/01/Cu%C3 %A1les-son-los-efectos -de-la-discriminaci%C3%B3n.pdf
La Barbera, M.C. (2017). Interseccionalidad. Eunomía. Revista en Cultura de la Legalidad, nº 12, abril- septiembre 2017.
Pardo, V. (s.f.). “Clarificación conceptual de la violencia en las relaciones de pareja: definición, tipos, factores de riesgo y consecuencias”. Máster en Intervención en Interdisciplinar en violencia de Género. Universidad Internacional de Valencia (p. 17).
Peláez, D. A. (2017). “Feminicidios con perspectiva de género: un análisis interseccional de The fall (La caza)”. Investigaciones Feministas, pp. 183-201.
Symington, A. (2004). “Interseccionalidad: una herramienta para la justicia de género y la justicia económica”. Awid, pp. 1-8. Obtenido de Interseccionalidad: una herramienta para la justicia de género y la justicia económica.
Viveros, M. (2016). “La interseccionalidad: una aproximación situada a la dominación”. Debates feministas, p. 52.
Nota bene:
Si necesita algún tipo de información referente al artículo póngase en contacto con el email suministrado por el autor del artículo al principio del mismo.
REVISTA CRÍTICA DE HISTORIA DE LAS RELACIONES LABORALES Y DE LA POLÍTICA SOCIAL es una revista académica, editada y mantenida por Revistasdederecho.com. La revista dejó de depender de la Universidad de Málaga en noviembre de 2013 y de www.eumed.com en noviembre de 2020, fecha en la que se conformó www.revistasdederecho.com. Para cualquier comunicación, envíe un mensaje a mjpelaez@uma.es, seghiri@uma.es o info@revistasdederecho.com.