Revista europea de historia de las ideas políticas y de las instituciones públicas


ISSN versión electrónica: 2174-0135
ISSN versión impresa: 2386-6926
Depósito Legal: MA 2135-2014

Presidente del C.R.: Antonio Ortega Carrillo de Albornoz
Director: Manuel J. Peláez
Editor: Juan Carlos Martínez Coll


Bjarne Melkevik, Philosophie du jugement juridique, Collection Dikè, Presses de l’Université Laval, Québec, 2010, 205 págs.

Manuel J. Peláez

RESUMEN: Bjarne Melkevik es un conocido estudioso de la Filosof�a del Derecho, que ense�a en la Universidad Laval en Qu�bec, y es disc�pulo del gran jurista y fil�sofo ultraconservador franc�s Michel Villey (1914-1987), algunas de cuyas obras, las de Villey, han sido traducidas al castellano tratando de remarcar su iusnaturalismo cl�sico y su filiaci�n escol�stica y tomista. Sin embargo, Melkevik indic� ya desde un principio su distancia ideol�gica con la escuela de Villey, de la que form� parte, al estudiar la figura de Pasukanis y la teor�a marxista del Derecho en lo que fue su tesis doctoral. Luego Melkevik ha ido evolucionando y actualmente tiene unos planteamientos claramente positivistas, pero moderados. Melkevik ha sabido adaptarse al mercado y es un socialdem�crata que considera con los cl�sicos que Omnia tempus habent y retorna a Villey, porque hay muchas cosas del pensamiento de Villey que pueden recuperarse, pues en el decir del cl�sico auriculas asini Villey non habet, y adem�s hay que escuchar las εύχαί δέ γερόντων.

PALABRAS CLAVE: Huig de Groot, Carl Schmitt, Michel Villey, Ronald Dworkin, Bjarne Melkevik, J�rgen Habermas, Max Weber, Positivismo jur�dico, Metodolog�a jur�dica, Futuro de las Facultades de Derecho en Canad�, Plagioman�a jur�dica, Sindicato del Crimen Plagiario.

El noruego Bjarne Melkevik es catedrático de Filosofía del derecho en la Universidad Laval en Québec y cuenta con un muy consolidado currículum científico, del que en varias ocasiones nos hemos ocupado desde Málaga, en recoger los resultados del mismo, de forma preferencial en la Revista de Estudios Histórico-Jurídicos de la Universidad Católica de Valparaíso. Melkevik es autor que ha sido vertido al inglés, al italiano, al castellano, al rumano e incluso al árabe. Melkevik dirige, junto a Josiane Boulad-Ayoub, la colección Dikè, y está al frente de la Cátedra de estudios sobre los fundamentos filosóficos de la Justicia y de la Sociedad democrática. Es autor de centenares de páginas, entre las que destacamos por solo hacer una selección de sus trabajos Horizons de la philosophie du droit, París, 1998; Reflexions de la philosophie du droit, París, 2000; Rawls ou Habermas: une question de philosophie du droit, Québec, 2002; Habermas, droit et démocratie délibérative, Québec, 2010 y Philosophie du droit, Québec, 2010, vol I.
En esta ocasión Melkevik nos deleita con otra selección de sus trabajos aparecidos en diversas sedes, en concreto “Jugement pratique et espace publique”, que le sirve de prefacio a este libro (pp. 9-15); “La philosophie du droit dans le tourbillon de la modernité” (pp. 17-40), que apareció con anterioridad en Travaux et jours, n.º 78 (2006-2007), pp. 141-166; “Parlez ‘novdroit’!: Ou comment le politiquement correct se légitime ‘juridiquement’” (pp. 41-63), insertado en la Revista rômana de drept privat, n.º 6 (2007), pp. 214-250;“L’abime et ‘l’exception’: Schmitt, Agamben et le schmittisme” (pp. 65-90), que apareció en Mirandum, n.º 20 (2009), pp. 5-22; “Mondialisations et droit: prolégomènes à une problématique” (pp. 91-108), que fue publicado con anterioridad en la obra dirigida por esos dos grandes filósofos del Derecho que son Henri Pallard y Stamatios Tzitzis, titulada La mondialisation et la question des droits fondamentaux, Québec, 2003, pp. 109-123; “Cosmopolitisme contemporain: à propos du droit, guerre et terrorisme” (pp. 109-124), colaboración recogida antes en Enjeux philosophiques de la guerre, de la paix et du terrorisme, Québec, 2003, pp. 121-138; “Villey et la question de la dialectique juridique” (pp. 125-145), recogido en Michel Villey. Le juste partage, París, 2007, pp. 23-42; “Discours d’pplication des normes en droit: méthodologie juridique et considérations de philosophie du droit” (pp. 147-162), publicado la primera vez por Lukas S. Sosoe, La vie des normes et l’esprit des lois, Paris y Montréal, 1997, pp. 73-90; “Application ou procéduralité: quelques réflexions sur le projet juridique moderne” (pp. 163-172), que vio la luz en letras de imprenta en la obra colectiva Méthode et interventions en éthique appliquée, Montréal, 2000, pp. 191-202 y “Scolies sur l’avenir des Facultés de droit” (pp. 173-183), aparecido en Le verdict. Journal de la Faculté de droit de l’Université Laval, vol. IV, n.º 4 (2005), pp. 14-19, en Studia Universitatis Babes-Boloyai, Jurisprudentia, n.º 2 (julio-diciembre 2007), pp. 3-10 y en Notandum Libro, vol. XII (2009), pp. 11-18.
Por las presentes páginas desfilan algunos iconos de referencia continua en el pensamiento de Melkevik. En primer lugar, Michel Villey con quien se formó en París y de cuyo pensamiento tan profundamente conservador y neotomista se distanció durante mucho tiempo Melkevik. En segundo término vemos aparecer en este libro a Carl Schmitt (1888-1985), de quien no acaba de despegarse Melkevik con una crítica contundente e inequívoca de un nazi, que teoriza sobre el estado de excepción, y al que atribuye una influencia “inmensa” en el siglo XX. El nazismo fue enterrado en 1945 y no es conveniente resucitarlo con comentarios elogiosos de Carl Schmitt o con ediciones de su obra acompañadas de amplísimos estudios preliminares como ha hecho José Luis Monereo Pérez y continúa haciendo un día sí y otro también Jerónimo Molina Cano. A Carl Schmitt y su ideología negativa, no ha de prestársele la más mínima atención, ni consideración, pues de otro modo nos acercamos imprudentemente al precipicio. Resulta aberrante su justificación del expansionismo territorial alemán. Hay que ignorarlo y no digamos su noción de estado de excepción y sus principios ideológicos de la salud política, por no dejar en el tintero su teología política. Inventarse un Carl Schmitt laico y de izquierdas carece de sentido. Rescatarle y bendecirlo desde posiciones avanzadas y progresistas es una locura postmoderna, que resulta contraria a los derechos humanos. Son igualmente aberrantes las reflexiones que Carl Schmitt hizo sobre los judíos que dieron lugar a que se publicara un libro al respecto recogiéndolas y comentándolas, para que se ubique de una vez en su sitio a ese terrorífico nazi, que tuvo tanta incidencia en España en los años cuarenta, cincuenta y sesenta.
El artículo dedicado al futuro de las Facultades de Derecho refleja un panorama específico del Canadá francófono, pero que no es asimilable a algunos países como Francia o Italia, donde las Facultades de Jurisprudencia gozan de notable prestigio y consideración dentro del mundo universitario. Otro caso distinto es el de España, donde sí que lo tienen, pero aparecen de vez en cuando elementos distorsionadores en la investigación científica que plagian por aquí, por allá o por acullá, y en Segovia como podrían hacerlo también en Madagascar.
Me viene ahora a la memoria una tesis doctoral de una persona del área de conocimiento de Melkevik, que recibió el premio extraordinario, y que, sin embargo, plagiaba, citándolos alguna vez y copiándolos literalmente muchas otras más, a manuales elementales de Historia del derecho, al uso de la docencia en Universidades españolas, como el de José Antonio Escudero López, el de José Manuel Pérez-Prendes, el que durante años se recomendó en la UNED del propio Pérez-Prendes y de Azcárraga (con contenidos precedentes de Manuel Torres López, por lo que en realidad copiaba unas veces y recopiaba otras), y además el trabajo sobre el riepto de Alfonso Otero Varela (por otro lado, gran plagión en su Memoria docente e investigadora que sigue de cerca, de cerquísima, la de Rafael Gibert –cuando Otero la copió era todavía inédita–), el librito de Pérez-Prendes sobre las Cortes de Castilla, del que copia una poesía y todas las citas del Fuero Real, aparte de párrafos del libro sin comillas, ni nada, del primer tomo que Claudio Sánchez Albornoz y Menduiña dedicó a los orígenes del feudalismo. Pero en este caso también la plagiaria busca el perdón de Dios, pues copia unas veces y cita otras a una persona de acendrado catolicismo como Plinio Correa d’Oliveira, del que toma todos los discursos que le vienen en gana de Pío XII e indica que los ha visto directamente (su acceso es a través de D. Plinio), y al cardenal Herrera Oria. Si copia a un papa y a un cardenal, esa persona plagiaria está sin duda reconciliada con Dios, pero también debe hacerlo con la ciencia, aunque claro, siempre se podrá argumentar que hay ciencia porque existe la Providencia. Pero, por otro lado, restan los librepensadores, para los que existe la liberté d’esprit, pero no la liberté de copie, y no es un problema en la terminología de Melkevik, ni de novdroit, ni de novlangue, ni que hoy ni mañana me ven los eunucos del palacio de Abderramán III, porque pasado mañana te pueden detectar los evaluadores del ANEP o de la ANECA. Decía un clásico que la verdad científica no puede callarse, porque es como enterrar un lingote de oro bajo tierra con el deseo de que nadie lo encuentre. Este es un caso parecido al de Silvana Koch-Mehrin, que era Vicepresidenta del Parlamento europeo en representación de los liberales. Hizo graves plagios en su memoria doctoral de Historia de la Economía, titulada Historische Wahrungsunion zwischen Wirtschaft und Politik defendida en la Universidad de Heidelberg en 2000. La resolución oficial de retirada del grado de doctora se produjo el 15 de junio de 2011. Además otro ejemplo es el de la tesis doctoral de la hija del ex Ministro-Presidente de Baviera Edmund Stoiber, que puso en práctica un plagio literal de casi cuarenta páginas. Tras un examen exhaustivo, llevado a cabo por la Universidad de Constanza, Veronica Sass-Stoiber ha perdido su doctorado, por resolución oficial del 11 de mayo de 2011. El asunto se consideró tan grave que llegó a intervenir la Fiscalía de Constanza. Un grupo de intelectuales con una metodología depuradísima en el reconocimiento de los plagios, como no se ha visto hasta ahora en otras partes, bajo las siglas VroniPlag.wikia.com, están detrás del descubrimiento de estas dos últimas plagionas, plagistas y plagiarias, que han entrado por derecho propio en el Sindicato del Crimen Plagiario, y de otros y de otras más. Habrá que ponerles al corriente de lo que ocurre en España. Y no sólo con las tesis doctorales, sino también con los proyectos docentes e investigadores, presuntamente originales, que son presentados en los concursos de oposiciones universitarias.[Recibido el 29 de enero de 2012].



Nota bene:
Si necesita algún tipo de información referente al artículo póngase en contacto con el email suministrado por el autor del artículo al principio del mismo.
REVISTA EUROPEA DE HISTORIA DE LAS IDEAS POLÍTICAS Y DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS es una revista académica, editada y mantenida por Revistasdederecho.com. La revista dejó de depender de la Universidad de Málaga en noviembre de 2013 y de www.eumed.com en noviembre de 2020, fecha en la que se conformó www.revistasdederecho.com. Para cualquier comunicación, envíe un mensaje a mjpelaez@uma.es, seghiri@uma.es o info@revistasdederecho.com.