Revista europea de historia de las ideas políticas y de las instituciones públicas
ISSN versión electrónica: 2174-0135
ISSN versión impresa: 2386-6926
Depósito Legal: MA 2135-2014
Presidente del C.R.: Antonio Ortega Carrillo de Albornoz
Director: Manuel J. Peláez
Editor: Juan Carlos Martínez Coll
Bjarne Melkevik, Droit et agir communicationnel: Penser avec Habermas, Éditions Buenos Books International, París, 2012, 117 pp.
Manuel J. Peláez
RESUM: Dins d'unes edicions de sofisticat nom i contingut filosòfic penal i filosòfic jurídic, acaba de publicar-se un volum del noruec Bjarne Melkevik, en el qual el jurista i filòsof del Dret i catedràtic de la Facultat de Dret de la Universitat Laval, torna a reflexionar sobre el pensament de Jürgen Habermas. No és la primera vegada que ho fa, doncs superan la dotzena els seus treballs dedicats al gran pensador alemany que s'han publicat en Québec, Atenes, Rosario, Brussel•les, París, Buenos Aires, Bogotà i Iasi. En aquesta ocasió s'ocupa Melkevik d'examinar l'anàlisi de comunicació en el pensament de Habermas, la concepció bilateral del Dret, és a dir la consideració del Dret com a institució i la del Dret com médium. Els mitjans reguladors dels denominats sistemes de poder no són uns altres que el poder, els diners i l'administració. Tant els diners com el poder serveixen per codificar el comerç. Considera Melkevik que l'element principal del sistema defensa que les normes jurídiques han de regular no els interessos particulars sinó tenir un horitzó d'universalitat. Bjarne Melkevik es planteja analitzar una nova formulació del concepte de Rechtsstaat a través del model de comunicació del Dret que defensa Habermas. El filòsof de Francfort no li reconeix especials mèrits a la teoria moderna de la sobirania popular, doncs resulta anònima, ja que per a ell l'important és que «la sobirania aparegui associada a l'existència real o potencial, de la comunicació pràctica dins de l'espai públic». Això condueix al fet que s'hagi de fer un replantejament del Rechtsstaat, en el qual s'aconsegueixi un equilibri entre els diners, el poder de l'administració i la solidaritat. Per dur-ho a terme ha de fer-se amb accions socials que permetin aconseguir la integració social. D'altra banda, la universalitat de les normes jurídiques concedirà la validesa d'aquestes normes, i aquesta universalitat gens té a veure amb la utopia marxista. Tampoc concedeix major relleu a les declaracions de drets humans o de drets fonamentals, doncs han estat un instrument liberal i burgès per condicionar i limitar els drets dels obrers i de la classe treballadora. No obstant això, no resulta encertat considerar que els drets fonamentals corresponguin a la categoria de les llibertats negatives de les classes socials inferiors.
PARAULES CLAU: Bjarne Melkevik, Jürgen Habermas, Joseph Ratzinger, Paul Hazard, Universitat Laval, Escola de Francfort, Llibertats públiques.
Dentro de unas ediciones de sofisticado nombre y contenido filosófico penal y filosófico jurídico, acaba de publicarse un volumen de Bjarne Melkevik, en el que el jurista y filósofo del Derecho de origen noruego y catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Laval del Québec, vuelve a reflexionar sobre el pensamiento de Jürgen Habermas. No es la primera vez que lo hace, pues supera la docena el número de sus trabajos dedicados al gran pensador alemán que se han publicado en Québec, Atenas, Rosario, Bruselas, París, Buenos Aires, Bogotá y Iasi. En esta ocasión se ocupa Melkevik de examinar el análisis comunicacional en el pensamiento de Habermas, la concepción bilateral del derecho, es decir la consideración del Derecho como institución y la del Derecho como médium. Los medios reguladores de los denominados sistemas de poder no son otros que el poder, el dinero y la administración. Tanto el dinero como el poder sirven para codificar el comercio.
Considera Melkevik que el elemento principal del sistema defiende que las normas jurídicas deben regular no los intereses particulares sino tener un horizonte de universalidad.
Muchas veces los autores se plantean el conocimiento del Derecho, pero pocas la ignorancia del mismo, lo que nos acerca al Templo de la Ignorancia que surge de la imaginación calenturienta de Pietro Verri, tal y como lo comenta Paul Hazard, pues «la Ignorancia habita un castillo desmantelado; su arquitectura es gótica, y en la puerta principal está esculpida una boca que bosteza» y Verri añade, por demás, que en el gran edificio se concentran muchos hombres, la mayor parte de ellos no merecen otro calificativo que el de “estúpidos”, “charlatanes”, que no paran de hablar y otras personas completamente indecisas ante las situaciones y problemas que plantea la vida (cfr. Paul Hazard, El pensamiento europeo del siglo XVIII, traducción española, Madrid, 1998, p. 37).
En otro de los capítulos del presente libro Bjarne Melkevik se propone analizar una nueva formulación del concepto de Rechtstaat a través del modelo comunicacional del derecho que defiende Habermas. El filósofo de Fráncfort no le reconoce especiales méritos a la teoría moderna de la soberanía popular, pues resulta anónima, ya que para él lo importante es que «la soberanía aparezca asociada a la existencia real o potencial, de la comunicación práctica dentro del espacio público» (p. 83). Esto conduce a que se tenga que hacer un replanteamiento del Rechtstaat, en el que se logre un equilibrio entre el dinero, el poder de la administración y la solidaridad (p. 85). Para llevarlo a cabo ha de hacerse con acciones sociales que permitanalcanzar la integración social. Por otro lado, la universalidad de las normas jurídicas concederá la validez de dichas normas, y esa universalidad nada tiene que ver con la utopía marxista. Tampoco concede mayor relieve a las declaraciones de derechos humanos o de derechos fundamentales, pues han sido un instrumento liberal y burgués para condicionar y limitar los derechos de los obreros y de la clase trabajadora. No obstante, no resulta acertado considerar que los derechos fundamentales correspondan a la categoría de las libertades negativas de las clases sociales inferiores.
Lo que no se ocupa Bjarne Melkevik es de la importancia del debate sostenido entre Jürgen Habermas y el cardenal Joseph Ratzinger en cuanto a las bases morales del Estado liberal, que tuvo lugar en la Academia Católica de Baviera el 19 de enero de 2004, donde cabe resaltar cuatro afirmaciones muy interesantes de Ratzinger: 1.ª) «Lo que ha de prevalecer no es el derecho del más fuerte, sino la fuerza del derecho». 2.ª) Particularmente, «en la Iglesia Católica, el Derecho natural ha constituido siempre la figura de pensamiento con la que la Iglesia en su diálogo con la sociedad secular y con otras comunidades de fe ha apelado a la razón común y ha buscado las bases para un entendimiento acerca de los principios éticos del derecho en una sociedad secular pluralista». 3.ª) «Los derechos humanos son derechos difíciles de entender sin el presupuesto de que el hombre como hombre, simplemente por su pertenencia a la especie humana, es sujeto de derechos, sin el presupuesto de que el ser mismo del hombre es portador de normas y valores que hay que buscar, pero que no es menester inventar». 4.ª) Coincidiendo, quizás, con el espíritu reflejado en las Constituciones francesas de 1793, 1795 y 1799 y con los Catecismos políticos galos, el futuro Benedicto XVI se apercibía en 2004 de que «la doctrina de los derechos del hombre debe completarse con una doctrina de los deberes del hombre». Sin embargo, el cardenal Ratzinger llega más lejos que las Constituciones revolucionarias y republicanas de Francia, pues a los «deberes del hombre» añade «los límites del hombre», lo que no fue visto a finales del siglo XVIII, y se apercibe con claridad en el siglo XXI. Para Habermas, las metáforas del contrato social carecen ya de sentido y están desfasadas. El que Habermas, según B. Melkevik, trate de reequilibrar la división de poderes, no en el sentido clásico liberal, sino en otro distinto, encontrando su legitimidad en la comunicación y en los debates ideológicos (p. 102) nos parece una insensatez, por no calificarlo de sinsentido en el grado superlativo. Para el autor de la presente recensión los «proyectos de sociedad» no pueden en absoluto surgir de la lucha política y social, ni de un debate intelectual deslegitimizado para alcanzar un equilibrio de poderes. El mundo no está necesariamente necesitado de enfrentamientos políticos y de luchas sociales, ni de las utopías del renacimiento, ni de las anarquistas, marxistas y postmarxistas.
Por otro lado, Melkevik apenas maneja las obras de Habermas en su original alemán. Accede al pensador alemán a través de traducciones la mayor parte de ellas en francés, en menor medida en inglés y muy ocasionalmente en alemán.
Unas observaciones finales se refieren a que la edición del libro está sembrada de erratas y ofrece una considerable descoordinación, pone o cambia la letra cursiva arbitrariamente en las citas a pie de página, aparecen incomprensiblemente espacios en blanco que demuestran el escaso rigor técnico y estético de la edición, desplaza hacia derecha o izquierda las notas de manera tan soez como descoordinada. Publica tres listados bibliográficos finales en pp. 104-107, 108-114 y 115-117 (este último de la publicación de otras obras jurídicas en la colección); los tres tienen unos criterios de edición diferentes, en cuanto a la letra, cuerpo y forma de citación. Resulta verdaderamente desastroso desde el punto de vista editorial. “Buenos Books International” no merecen más que un calificativo: no son malos, son pésimos. Nos encontramos frente a un buen contenido recogido en un medio impreso casi tan deleznable como incomprensible en una época como la actual, en la que las técnicas de edición han mejorado considerablemente. [Recibido el 4 de junio de 2012].
Nota bene:
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