Revista europea de historia de las ideas políticas y de las instituciones públicas
ISSN versión electrónica: 2174-0135
ISSN versión impresa: 2386-6926
Depósito Legal: MA 2135-2014
Presidente del C.R.: Antonio Ortega Carrillo de Albornoz
Director: Manuel J. Peláez
Editor: Juan Carlos Martínez Coll
A. A. V. V., Manuel Rodríguez de Berlanga. Liber amicorum (1825-1909), Real Academia de Bellas Artes de San Telmo y Ayuntamiento de Alhaurín el Grande, 2008, 340 pp.
Manuel J. Peláez
RESUMEN: La publicaci�n de este �Liber amicorum� dedicado a Manuel Rodr�guez de Berlanga es un acontecimiento cient�fico de singular magnitud entre los romanistas, arque�logos y epigrafistas espa�oles. Este libro aparecido en 2008 tiene su origen en un Congreso celebrado en 2001. Al final, en la versi�n impresa, no est�n todos los que fueron (falta Pedro Rodr�guez Oliva, que ha preferido publicar en otro lugar su trabajo), pero s� aparecen algunos que no estuvieron y otros que, habiendo ido al Congreso, no presentaron comunicaci�n, ni ponencia. La relevancia del estudio y trascripci�n letra a letra realizada por Rodr�guez de Berlanga de la Lex Flavia Malacitana es important�sima. �lvaro d'Ors, ya en 1983, hab�a precisado que �existi� un texto �nico, una ley modelo de la que se iban sacando copias para colocar en los distintos municipios. Por lo que podemos ver, las variantes entre estas copias son ortogr�ficas o se deben a errores de los distintos grabadores, aunque no hay que excluir que pudieran haber otras variantes a causa de la adaptaci�n deliberada de las condiciones locales�. La colaboraci�n de Jos� Manuel P�rez-Prendes al �Liber amicorum� no subyuga ni entusiasma, y a veces est� carente de la erudici�n que podr�a haber demostrado, pero indudablemente es un trabajo de gran calidad escrito por un buen profesional. En este caso es la tercera aportaci�n publicada por P�rez-Prendes sobre Berlanga. Aprovecha, como no pod�a ser de otro modo, para sacar a la palestra a su maestro Manuel Torres L�pez, que no viene a cuento y para hacer una serie de consideraciones que �stas s� se agradecen. Lo de la Arqueolog�a fenicia, sin entender pr�cticamente nada al respecto, se nos antoja como el segundo trabajo de m�s nivel, con diferencia, publicado en este �Liber amicorum�. V�ctor Gallero Galv�n sorprende a propios y extra�os con lo que algunos dicen (no me lo creo) es su primer trabajo de investigaci�n publicado, pues all� hay mucha, pero que mucha erudici�n. Que desde Alhaur�n, se puedan escribir art�culos como el de Gallero resulta impresionante y digno de meditaci�n. Salimos de una colaboraci�n (la de Gallero Galv�n) abstracta, de dif�cil comprensi�n y doctrinalmente compleja y muy completa, para sumergirnos en el art�culo de Mar�a Jos� Berlanga Palomo, que al parecer asisti� al Congreso de 2001, pero que no ley� esta comunicaci�n. Sus p�ginas est�n escritas de una forma muy clara y muy sencilla y hace una descripci�n completamente inteligible de todo lo referente a los derribos de la Alcazaba y la actitud cr�tica al respecto de Manuel Rodr�guez de Berlanga, pero de todas las fotograf�as de fragmentos escult�ricos que selecciona, no se sabe cu�l es la raz�n, la mitad son de contenido er�tico y desagradable, como si no hubiera otras fotograf�as. Es un tributo innecesario, que no me atrevo a calificar de licencioso, para despertar el inter�s del lector, que probablemente al ceut� y a �lvaro d'Ors no les hubiera gustado, pero es que a Elisa Carolina Loring, mujer exquisita y delicad�sima, quiz�s le hubiera incluso desagradado. Por otro lado, Mar�a Jos� Berlanga es autora que hay que ubicarla en este estilo de que uno se entera de todo lo que escribe. Adem�s centra en p. 201 cual es el objetivo de su contribuci�n: �Tres son los aspectos que vamos a destacar, a saber, las desavenencias de Manuel Rodr�guez de Berlanga con la Comisi�n de Monumentos con motivo de la actuaci�n llevada a cabo por la misma en el transcurso de los descubrimientos; sus intentos de hacer una reconstrucci�n topogr�fica de M�laga a partir de los nuevos datos que aportan tales descubrimientos y, finalmente, su concepto de m�todo hist�rico y su visi�n cr�tica ante los que, con anterioridad, se hab�an dedicado al estudio de la M�laga antigua, aspecto este �ltimo en el que tambi�n utilizaremos algunos textos del autor insertos en otras de sus obras�. El documento de 17 de junio de 1850, que se publica en pp. 227-233, como un ejercicio acad�mico, suponemos que para la obtenci�n del grado de licenciado, por parte de Rodr�guez de Berlanga en la Universidad de Granada, deber�a haber sido anotado e indicar las precisiones correspondientes. Puede haber incluso errores de trascripci�n del texto. Hay que precisar al pie de p�gina de qu� est� escribiendo y sobre qui�n est� escribiendo. La correspondencia que se publica entre Rodr�guez de Berlanga y Giovannibattista Rossi, Antonio C�novas del Castillo y Juan Facundo Ria�o no es relevante, sino de inter�s menor. Rodr�guez de Berlanga fue un jurista solid�simo en el conocimiento del mundo romano y de la Arqueolog�a y la Epigraf�a de la B�tica, que mantuvo ampl�simas conexiones internacionales con sabios de Alemania, Austria y Francia. Reconocido fuera de Espa�a, no lo fue ni en su pa�s, ni en su ciudad de acogida, M�laga, ni en la poblaci�n donde se retiraba por temporadas y se produjo su deceso, Alhaur�n el Grande.
PALABRAS CLAVE: Manuel Rodr�guez de Berlanga, Theodor Mommsen, Emil H�bner, Karl von Amira, Ulrich von Wilamowitz-M�llendorf, Elisa Carolina Loring Oyarz�bal, Giovannibattista Rossi, Antonio C�novas del Castillo, Sabino Arana Goiri, Academia de Bellas Artes de San Telmo, Juan Facundo Ria�o, �lvaro d'Ors y P�rez-Peix, Manuel del Campo, Juan Mart�n Ser�n, Pedro Rodr�guez Oliva, Jos� Manuel P�rez-Prendes y Mu�oz de Arrac�, Mar�a Jos� Berlanga Palomo, V�ctor Gallero Galv�n, Mar�a Encarnaci�n G�mez Rojo, Mauricio Pastor Mu�oz, Juan Antonio Pach�n Romero, Juan Antonio Mart�n Ruiz, Alejandro P�rez-Malumbres Landa, Manuel Olmedo Checa, Epigraf�a jur�dica, Museo Loringiano, Escultura romana er�tica, Rechtsarch�ologie.
Una gran iniciativa fue la organización de una serie de conferencias para recordar a un personaje histórico singular, fallecido en Alhaurín el Grande el 3 de julio de 1909. Nos estamos refiriendo a Manuel Rodríguez de Berlanga. Manuel del Campo y del Campo, en su calidad de presidente de la Real Academia de Bellas Artes de San Telmo, lo considera «una de las más extraordinarias figuras que Málaga ha dado a la Cultura universal» (p. 7). Jurista por Granada y doctor en Derecho por la Universidad Central, abogado de profesión, pero arqueólogo, romanista y humanista integral, conviene volver a él de vez en cuando y rememorar lo que hizo y descubrir las conexiones internacionales que llegó a tener.
En la presente ocasión en un denso libro, de considerable tamaño, se recoge una información abundante y una documentación, que sirve para enriquecer la entidad del personaje. Aparte de la ilustrada página con que lo introduce Manuel del Campo, no puede faltar la entusiástica del alcalde de Alhaurín el Grande, Juan Martín Serón, p. 9, y luego las colaboraciones sin título, en este caso, de Manuel Olmedo Checa, quizás el más conspicuo conocedor (que no significa que sea el que mejor lo haya estudiado, ni comprendido) de Rodríguez de Berlanga, de qua vid. pp. 11-16, la nota de los organizadores del libro, que previamente fueron unas Jornadas, pp. 21-24; la “Carta de adhesión al homenaje a Manuel Rodríguez de Berlanga”, de Álvaro d’Ors y Pérez-Peix (1915-2004), p. 27; la “Crónica histórica de Ceuta en los primeros quince años de la vida de Manuel Rodríguez de Berlanga (1825-1840)”, pp. 29-32; “Vida y obra de don Manuel Rodríguez de Berlanga”1 , de José Manuel Pérez-Prendes y Muñoz-Arracó, pp. 33-56; “Manuel Rodríguez de Berlanga y la Arqueología en la Osuna del siglo XIX”, texto del que son coautores Mauricio Pastor Muñoz y Juan Antonio Pachón Romero, pp. 57-78; “Manuel Rodríguez de Berlanga y la arqueología fenicia”, por Juan Antonio Martín Ruiz y Alejandro Pérez-Malumbres Landa, pp. 79-99; “Al-Andalus como anécdota ominosa: el medioevo malagueño visto por Manuel Rodríguez de Berlanga”, por Virgilio Martínez Enamorado y Alejandro Pérez-Malumbres Landa, pp. 101-116; “Berlanga, el vascoiberismo y el sintagma de la España prerromana”, por Víctor Gallero Galván, pp. 117-200 y “Manuel Rodríguez de Berlanga y los derribos de la Alcazaba”, por María José Berlanga Palomo, pp. 201-224. El libro va acompañado de varios trabajos de Rodríguez de Berlanga como son el discurso de R. de Berlanga en la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada, sobre “Ritos, solemnidades y efectos de los matrimonios en los diferentes periodos de la legislación romana”, pp. 227-233, leído el 17 de junio de 1850; “Fragmento de una imitación de Ossián”, p. 235, que procede del Archivo Díaz de Escovar; “Correspondencia de D. Manuel Rodríguez de Berlanga con el ilustre arqueólogo romano D. Juan Bautista Rossi”, pp. 237-244; “Correspondencia entre D. Manuel Rodríguez de Berlanga y D. Juan Facundo Riaño, conservada en la Biblioteca Nacional de España, mss. 22663”, pp. 245-249; “Cartas dirigidas por D. Manuel Rodríguez de Berlanga a D. Antonio Cánovas del Castillo, conservadas en el Archivo Histórico Nacional, sección títulos y familias. (Cortesía de D.ª Pilar Bravo Lledó)”, pp. 251-253; “Cartas dirigidas por D. Emilio Hübner a D. Aureliano Fernández Guerra. (Cortesía de D. Javier Miranda Valdés)”, pp. 255-256.
Vienen después las reediciones de algunos trabajos de Manuel Rodríguez de Berlanga, aparecidos en la Revista crítica de Historia y Literatura españolas y en El Archivo. Revista de Ciencias históricas, sobre diversos estudios epigráficos, desmenuzando con singular profundidad los aspectos tanto lingüísticos como históricos y jurídicos relacionados con dichas inscripciones.
Se cierra con el texto del catálogo de la exposición de las obras, los folletos y artículos de Manuel Rodríguez de Berlanga, con ocasión del ciento cincuenta aniversario del hallazgo de la Lex Flavia Malacitana, acompañado de una descripción de sus publicaciones en la que han colaborado Manuel Olmedo Checa y Antonia Cantos Guerrero. Los trabajos suyos, de los que aquí se da la mención son los siguientes: Estudios sobre los dos bronces encontrados en Málaga a fines de octubre de 1851, Málaga, 1853; Estudios romanos: publicados en La Razón, Madrid, 1861, 303 pp.; Monumentos históricos sobre el municipio Flavio malacitano, Málaga, 1864, 574 pp.; Los bronces de Osuna, Málaga, 1873, 344 pp.; Los nuevos bronces de Osuna, Málaga, 1876, 156 pp.; Sor María de Ágreda y su correspondencia con Felipe IV. Noticia sobre un libro que ha publicado el Excmo. Sr. D. Francisco Silvela, Málaga, 1886, 113 pp.; El nuevo bronce de Itálica, Málaga, 1891, 340 pp.; “Descubrimiento arqueológico verificado en Tajo Montero a principios de febrero de 1900”, en Revista de Archivos, Bibliotecas y Museos, año VI, n.º 4-5 (abril-mayo1902), pp. 328-339 y año VI (julio 1902), pp. 28-51, y Catálogo del Museo Loringiano, Málaga, 1903, 184 pp.
Antes de organizarse el Congreso nos llamaron desde Alhaurín, pero les dije que no sabía nada de Rodríguez de Berlanga, ni conocía a nadie que supiera. Esto puede dar idea de nuestra ignorancia al respecto. Después nos invitaron a asistir, y fueron María Encarnación Gómez y E. Lecuona. Les encargué la noticia a la primera y al segundo pero no dicen demasiadas cosas: la noticia de M. Gómez 2 en el Anuario de Historia del Derecho Español, se centra en noticiar el Coloquio de Alhaurín, aunque ella o yo, en mi caso sería por error, noticia lo ocurrido en Alhaurín, aunque le pone el título del encuentro homólogo organizado por el Ayuntamiento de Málaga (al parecer el de Alhaurín llevaba el mismo título al principio que el del Ayuntamiento de Málaga, y se ha variado en la versión impresa), con grandes elogios y sin equivocarse la autora, haciendo mención de que, en diciembre de 2001, iba a celebrar el consistorio malagueño, el encuentro sobre el 150 aniversario. Le pedí a E. Lecuona que escribiera la semblanza para el Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos (hispánicos, brasileños, quebequenses y restantes francófonos) y se publicó en 2006, y resta como algo patético, pues no dice prácticamente nada3 . Previamente Lecuona, a solicitud nuestra, había elaborado una noticia sobre el Congreso de Alhaurín, que remití a Chile 4. Esta información es más reducida que la de M. Gómez, tiene buena redacción y disimula su falta de contenido, creyendo que con elogiar a los ponentes queda ya servido.
A todo esto nos llamó dos veces Rafael Domingo, desde Pamplona, solicitándonos información sobre la “cartita” 5 de d’Ors, y nos pidió que persiguiéramos la publicación de la misiva de Álvaro d’Ors, que era su maestro, y él ha quedado como referente suyo, tanto para las cuestiones mayores como las menores (si se puede decir que “de minimis non curat praetor”, todo lo de d’Ors, sea de la extensión que fuera, tiene su importancia y casi un tono casi sagrado para sus discípulos). Desconocemos si Don Álvaro menciona en su testamento a Domingo y le atribuye esas facultades. Al parecer, Rafael Domingo, en un mayor número de ocasiones, se dirigió a Pedro Rodríguez Oliva. Rafael Domingo escribía entonces su libro sobre el conjunto de la bibliografía de d’Ors6 , que es una obra sistemática muy lograda, aunque lógicamente falte todo lo referente al periodo que va desde 2005 a 2012. El catedrático nacido en la ciudad condal había publicado ya en Málaga un artículo sobre las leyes municipales de la Bética7 , imaginamos que a iniciativa de Pedro Rodríguez Oliva.
Por otro lado, la relevancia del estudio y trascripción letra a letra realizada por Rodríguez de Berlanga de la Lex Flavia Malacitana es importantísima, aunque cabe establecer la matización de que respondía a un modelo común, lo cual lo indica d’Ors en la carta publicada: «¡Cómo me hubiera complacido ver la acogida de mi viejo maestro a distancia, el inolvidable Rodríguez de Berlanga, ante la actual evidencia de que esas leyes de Málaga y Salpensa, a cuyo conocimiento tanto él había contribuido, no eran más que difusión de una única ley municipal dada por Augusto para los municipios de Italia, y adaptada luego por Domiciano para los de España, de la que me he permitido hablar como “Ley Flavia municipal”!» (p. 27). Por otro lado, Álvaro d’Ors, ya en 1983 había precisado que «existió un texto único, una ley modelo de la que se iban sacando copias para colocar en los distintos municipios. Por lo que podemos ver, las variantes entre estas copias son ortográficas o se deben a errores de los distintos grabadores, aunque no hay que excluir que pudieran haber otras variantes a causa de la adaptación deliberada de las condiciones locales» 8. Por lo que se refiere a la Ley de Irni «las coincidencias con las leyes de Málaga y Salpensa nos permite numerar la serie de los capítulos de la nueva ley, que aparecen en ella con rúbricas» 9. Este tipo de afirmaciones no son circunstanciales, ni baladíes pues están hechas por alguien como Álvaro d’Ors y Pérez-Peix, quien junto a Joan Miquel González de Audicana 10, son los dos romanistas más importantes con que ha contado la Península Ibérica en el siglo XX. Ya en 1943 cuando se celebraron las oposiciones a cátedras de Derecho romano en las que triunfó Álvaro d’Ors, el conjunto del tribunal formado por Manuel Torres López, Ursicino Álvarez Suárez, Francisco de Pelsmaeker, Isidoro Martín Martínez y Antonio Reverte Moreno emitió una valoración de conjunto en la que resaltaba «la firmeza de sus análisis lingüísticos y filológicos, en contraste con los datos históricos escrupulosamente manejados y sus aportaciones en el campo de la epigrafía jurídica» 11, es decir que d’Ors ya en 1943 era considerado con 28 años de edad un epigrafista de relieve. D’Ors fue votado por los cinco miembros del tribunal para la primera cátedra el 17 de diciembre de 1943. Se ha de recordar que, a estas oposiciones de cátedra, A. d’Ors presentó ya varios trabajos de epigrafía jurídica: 1. “Sobre la Tabula patronatus de Badalona”, en Emerita, n.º 6-7 (1939), pp. 156-168; 2. “Una inscripción romana sobre la corporación obligatoria del siglo IV d. C.”, en Emerita, n.º 8 (1940), p. 134-139; 3. “Pequeñas rectificaciones sobre CIL II sup. 5812”, en Emerita, n.º 8 (1940), pp. 139-140; 4. “Los bronces de El Rubio”, en Emerita, n.º 9 (1941), pp. 138-154, trabajo lógicamente relacionado con las contribuciones de Rodríguez de Berlanga.
A finales de 2009, no en 2008, no sé porqué vía me envían un ejemplar de la edición del Liber amicorum (absurdo título, ya que es metafísicamente imposible que en 2008 cuando se publica el libro o, en 2001 con ocasión del Congreso, viviera ningún amigo de Berlanga, ya que murió en 1909)12 . Nos comprometimos con los editores a hacer tres reseñas de este libro. La primera se publicó hace 18 meses en la Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, todo alabanzas y ninguna observación13 , y en 2011 apareció la versión de dicha recensión en la red. La segunda es la que se publica ahora con fecha de junio de 2012. La tercera está pendiente de hacerse para el Anuario de Historia del Derecho Español.
Para comprender a Rodríguez de Berlanga hay que volver a Mommsen. Con objeto del centenario de su deceso, se ha publicado una obra colectiva a iniciativa de la Real Academia de la Historia sobre Theodor Mommsen. Este libro es impresionante, máxime tratándose de una aportación española sobre el segundo mejor jurista de todos los tiempos (el 1.º es Bartolo da Sassoferrato y el 3.º Friedrich C. von Savigny). Al ver la reproducción del artículo-necrología de Berlanga sobre Mommsen, para estar escrita en el momento que lo hizo, es sorprendente la bibliografía que maneja, la belleza de sus descripciones literarias, el conocimiento de las aportaciones de Mommsen a la epigrafía y su contacto epistolar con Mommsen que narra el propio Rodríguez de Berlanga en párrafos que no podemos dejar de reproducir: «Precisamente cuando las prensas alemanas estampaban las Inscripciones latinas del reino de Nápoles [escritas por Th. Mommsen], descubríanse casualmente en la ciudad donde he residido durante mi vida [Málaga], sin haber nacido [Ceuta] en ella, dos grandes Tablas de Bronce, escritas por su anverso, que destinadas luego a ser fundidas, fueron salvadas de la destrucción por el ilustrado desprendimiento del Marqués de Casa-Loring. Contenían varias rúbricas del código civil de dos municipios de derecho latino creados por Domiciano hacia el año 83 de Jesucristo, uno en Malaca y en Salpensa el otro, donde existe al presente Facialcázar, cerca de Utrera./ Quiso el azar que lograse leerlas y darlas a conocer en la patria de Borghesi y en la de Boeckh, donde apenas hubo llegado la noticia, cuando el profesor Mommsen me interesó la remisión de los calcos de ambas leyendas, que me apresuré a mandarle, dando por resultado su examen el conocido libro, impreso en Leipzig, en 1855 con el título de Die Stadrechte der lateinischen Gemainden Salpensa und Malaca in der Provinz Baetica. En esta importantísima monografía, después de fijar el texto definitivamente y su lección, se ocupa el sabio profesor en determinar de qué manera se constituían las municipalidades latinas... Como fácilmente se alcanza a comprender, esta monografía encierra en su conjunto un importantísimo tratado de derecho municipal romano, que enmienda, aclara y amplía sobremanera el libro De re municipali romanorum de Federico Roth, impreso en Stutgart en 1801, poco más de medio siglo antes que el Mommseniano./ El conocimiento de los extremos que abraza Die Stadtrechte der lateinischen Gemeinden Salpensa und Malaca, es esencialísimo para todo el que pretenda ocuparse de la historiade algún pueblo hispano durante cualquier periodo de la dominación romana y no quiera hacer el papel desairado de esa cáfila de cronistas contemporáneos nombrados de oficio, que ni conocen, ni han oído hablar en su vida, de las fuentes del derecho provincial, ni de los pueblos que formaban parte en los primeros tiempos del imperio de los conventos jurídicos de la Ulterior ni de la Citerior, y aquí he de rogar a esos pseudo-historiógrafos titulares que no pierdan el tiempo indagando, para motejadas y deprimidas, las órdenes religiosas a que pertenecían los que en tales conventos moraban»14 . Narra Rodríguez de Berlanga el encuentro que tuvo con Emil Hübner, gracias a Mommsen, a quien pudo recibir y acompañar en Málaga en agosto de 186015 . Sobre las relaciones muy fecundas entre el considerado por algunos como el mejor epigrafista de todos los tiempos y Rodríguez de Berlanga ha escrito Manuel Olmedo Checa una obra, muy bien escrita y extraordinariamente singular en su género16 , de la que nos ocuparemos en la Revista de Estudios Histórico-Jurídicos de Valparaíso en 2012. Mommsen es un personaje importantísimo. Resulta curioso que le dieran el premio Nóbel de Literatura. En el discurso pronunciado por el entonces Secretario perpetuo de la Academia Sueca se justificaba la concesión del premio Nóbel de Literatura a un jurista e historiador de la antigüedad del siguiente modo: «El artículo 2.º de los estatutos de la Fundación Nóbel especifica que bajo el término “Literatura” deben entenderse no sólo los trabajos estrictamente literarios, “sino también todos aquellos escritos que, por su forma y estructura, posean un valor literario”. De acuerdo con esta definición, es posible, por ejemplo, adjudicar el premio Nóbel de Literatura a un filósofo, a un escritor religioso, a un naturalista o a un historiador, siempre y cuando sus obras respectivas se distingan no solo por la excelencia de su contenido, sino también por el carácter artístico de la exposición del mismo»17 . Cuando Rafael Domingo programó Juristas Universales le solicitó la semblanza de Mommsen a Juan Miquel. Gran acierto, que se tradujo en una minibiografía de contenido exquisito en la que Miquel recomendaba por su relieve de información bibliográfica la voz del Biographisch-Bibliographische Kirchenlexikon 18. Esta semblanza estaba accesible en abierto en internet en 2004, pero lamentablemente a partir de 2010 ya no se puede acceder a esta obra colectiva importantísima, sino es a través del sistema de pago.
Desconocemos en este sentido si en la actualización bibliográfica anual se ha incorporado el contenido de la obra internacional promovida por Jorge Martínez-Pinna19 , dado que no hemos podido acceder en la red. Sí consultamos el Biographisch-Bibliographische Kirchenlexikon en su versión impresa en la Biblioteca General de la Universidad de Tilburgo (Holanda) en agosto de 2010, pero no lleva la actualización.
Por otro lado, ha habido quien ha confundido no tanto a los personajes, pero sí sus obras. Hay dos Mommsen contemporáneos importantes dentro del Derecho romano. Por un lado Theodor Mommsen, nacido en Garding el 30 de noviembre de 1817 y muerto en Berlín el 1 de noviembre de 1903 y, por otro, Friedrich Mommsen, nacido en Flensburgo el 3 de enero de 1818 y muerto en Roma el 1 de febrero de 1892, que fue profesor de Derecho romano de la Universidad de Gotinga y que se especializó en Derecho de obligaciones, publicando una obra de amplio calado, Beiträge zur Obligationrecht, Braunschweig, 1853-1855, aparte de artículos y monografías romanísticas significativas.
El libro organizado por Jorge Martínez-Pinna es de un contenido tan relevante y amplio que entra dentro el género de las obras singulares y perdurables, aunque entre 2004 (en que se cierra el libro mencionado) y 2012 han aparecido algunas otras publicaciones sobre Mommsen como las de Okko Behrends20 , Mario Mazza21 , Fritz Sturm22 , Luciano Marrocu 23, el epistolario de Mommsen con Friedrich Althoff24 , la jornada de investigación coordinada por los Mannino25 , etc.
Lamentablemente no hemos visto ni una sola recensión del libro coordinado por Martínez-Pinna en las revistas histórico-jurídicas españolas, francesas o alemanas. Tendríamos que decir algo distinto de lo que allí se publica y no se nos ocurre otra cosa que la de que, entre los rectores de la Universidad de Berlín, hubo varios, no solo Theodor Mommsen que fueron o habían sido antes en previos destinos universitarios catedráticos de Derecho romano o de Historia antigua. Theodor Mommsen fue catedrático de Derecho romano en Leipzig, Zúrich y Breslau y catedrático de Historia antigua en Berlín y rector de la Universidad de Berlín en 1874-1875. Friedrich Julius Stahl (1802-1861) fue catedrático de Derecho romano en Wurzburgo y rector de la Universidad de Berlín en 1852-1853. Por otro lado, Adolf August Friedrich Rudorff (1803-1875) fue catedrático de Derecho romano en Berlín y rector de dicha Universidad en 1857-1858, mientras que Heinrich Dernburg (1829-1907) ocupó la cátedra de Derecho romano en Zúrich y Halle y luego las de Derecho romano y de Derecho privado en la de Berlín, siendo rector en 1884-1885. Theodor Kipp (1962-1931) estuvo al frente de la cátedra de Derecho romano en Halle, Kiel y Erlangen y en Berlín sería rector en 1914-1915. El yerno de Th. Mommsen, Ulrich von Wilamowitz-Möllendorff (1848-1931) ocupó la cátedra de Filología clásica en Berlín, donde fue rector en 1915-1916, y es autor también de trabajos de primera magnitud de Historia antigua. Wilamowitz fue el maestro de ese gran arqueólogo, historiador de la antigüedad, jurista y político que fue Pere Bosch i Gimpera, que narra sus aventuras en Berlín y sus conversaciones con Wilamowitz en sus Memorias y en su epistolario publicado, en el que tuvimos la suerte de colaborar26 . Por otro lado, no se puede editar un trabajo de o sobre Epigrafía jurídica si uno no se ha leído las Lectiones epigraphica de Wilamowitz de Gotinga 27 y algunos de sus trabajos de epigrafía, o el manual de Epigrafía jurídica de Álvaro d’Ors y Pérez-Peix, y mucho menos que vea la luz pública el epistolario de Rodríguez de Berlanga con Emil Hübner sin haber visto el epistolario cruzado de Th. Mommsen y Wilamowitz, que está publicado y no es de difícil alcance.
La fotografía de la portada del Liber amicorum, pese a las observaciones en contrario y dudas de Pedro Rodríguez Oliva, está muy bien situada por Olmedo Checa. Hemos visto con lupa la portada y la fotografía del cuadro de Berlanga que aparece en el libro dedicado al centenario de Mommsen en p. 82, y en el libro de Olmedo Checa de 2011 sobre “la correspondencia (inexistente)” y el mismo personaje. Por otro lado Olmedo Checa hace una descripción en pp. 56-57, en este caso impecable (como son también algunas otras cosas suyas que he visto, y supongo que lo serán también otras que no he tenido a mi alcance). Por nuestra parte, añadimos a las que se nos antojan como particularmente sabias y atinadas observaciones de Olmedo, lo siguiente. Se nota en el bigote, la estructura de la cara, la frente cuadrada, los ojos y parpados que es Rodríguez de Berlanga. Es más, la que aparece a su izquierda en la foto de portada no puede ser otra que la que indica M. Olmedo, Elisa Carolina Loring, la que se convertiría en su esposa, que el mismo Berlanga elogia como traductora del alemán y además que había vivido nada menos que en Heidelberg, ciudad que albergó durante siglos a la Universidad más relevante de Alemania hasta que fue desplazada recientemente por la de Múnich. Lo deducimos por el caché que tiene esa mujer, frente a las otras cinco féminas adultas que aparecen en la foto, como se sienta, sin repanchingarse, pero sin mantener la columna del todo vertical como recomendaban las monjas francesas más exquisitas a las niñas de sus colegios, y, sobre todo, como coge con dos dedos la cucharilla y la mueve dentro de la taza, sin mirar a la taza, y el vestido de mujer con mucho estilo, frente a los de las demás, de una elegancia natural superior a la de su cuñada Amalia Heredia Livermore que aparece en el centro. En fin, la de la foto sería la llamada a ser la mujer de R. de Berlanga. Tiene razón, a nuestro y ocasional modesto entender, Manuel Olmedo, que es un lince. La niña que está sentada en el suelo es la imagen de los Loring y de los Heredia, muy parecida a su madre. Se detecta por el peinado, el arqueado de los ojos, la estructura de la cabeza y la forma de extender el vestido con un notable estilo, que no se percibe en las otras niñas que aparecen en la fotografía. La colaboración de José Manuel Pérez-Prendes al Liber amicorum no subyuga ni entusiasma, y a veces está carente de la erudición que podría haber demostrado, pero indudablemente es un trabajo de gran calidad escrito por un profesional. En este caso es la tercera aportación publicada por Pérez-Prendes sobre Berlanga. Aprovecha, como no podía ser de otro modo, para sacar a la palestra a su maestro Manuel Torres López (1900-1987), que no viene a cuento.
Lo de la Arqueología fenicia, sin entender prácticamente nada al respecto, se nos antoja como el segundo trabajo de más nivel, con diferencia, publicado en este Liber amicorum.
Víctor Gallero Galván sorprende a propios y extraños con lo que algunos dicen que es su primer trabajo de investigación publicado, pues allí hay mucha, pero que mucha erudición. Que desde Alhaurín, se puedan escribir artículos como el de Gallero resulta impresionante y digno de meditación. Por esas páginas se contextualiza a Rodríguez de Berlanga con Sabino Arana Goiri (1865-1903), Manuel de Larramendi (1690-1766), el autor de unas Conferencias curiosas políticas, legales y morales sobre los Fueros de la M. N. y M. L. Provincia de Guipúzcoa y del Discurso histórico sobre la famosa Cantabria. Questión decidida si las provincias de Bizcaya, Guipúzcoa y Álaba estuvieron comprendidas en la antigua Cantabria, Joseph-Augustin Chaho (1810-1858), a quien se deben dos obras capitales, el Voyage en Navarre pendant l’insurrection des basques y una Histoire primitive des Euskariens-Basques, langue, poésie, mœurs et caractère de ce peuple. Introduction à son histoire ancienne et moderne 28, Arturo Campión Jaime-Bon (1854-1937) 29, Pere Bosch i Gimpera, Julio de Urquijo, etc. Sin duda, la aportación más relevante del presente Liber amicorum.
Salimos de una colaboración (la de Gallero Galván) abstracta, de difícil comprensión y doctrinalmente compleja y muy completa, para sumergirnos en el artículo de María José Berlanga Palomo, vicedecana de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Málaga, que al parecer asistió al Congreso de 2001, pero que no leyó esta comunicación. Sus páginas están escritas de una forma muy clara y muy sencilla y hace una descripción completamente inteligible de todo lo referente a los derribos de la Alcazaba y la actitud crítica al respecto de Rodríguez de Berlanga, pero de todas las fotografías de fragmentos escultóricos que selecciona –desconocemos cuál es la razón–, la mitad son de contenido erótico y desagradable, como si no hubiera otras fotografías, de las 27 que había publicado en su libro y además muchas más que sin lugar habrá. Es un tributo innecesario, que no me atrevo a calificar de licencioso, para despertar el interés del lector, que probablemente a Rodríguez de Berlanga y a Álvaro d’Ors no les hubiera gustado, pero es que a Elisa Carolina Loring, mujer exquisita y delicadísima, quizás le hubiera incluso desagradado. Por otro lado, María José Berlanga hay que ubicarla en este estilo de que uno se entera de todo lo que escribe. Además centra en p. 201 cual es el objetivo de su contribución: «Tres son los aspectos que vamos a destacar, a saber, las desavenencias de Manuel Rodríguez de Berlanga con la Comisión de Monumentos con motivo de la actuación llevada a cabo por la misma en el transcurso de los descubrimientos; sus intentos de hacer una reconstrucción topográfica de Málaga a partir de los nuevos datos que aportan tales descubrimientos y, finalmente, su concepto de método histórico y su visión crítica ante los que, con anterioridad, se habían dedicado al estudio de la Málaga antigua, aspecto este último en el que también utilizaremos algunos textos del autor insertos en otras de sus obras». Esto es un resumen perfecto de su trabajo, que nos ahorra entrar en otras consideraciones. Lo abstracto y difícil de entender se ve como relevante y meritorio en algunas disciplinas jurídicas, el Derecho en sí es complejidad; lo claro, como simple. María José Berlanga precisa lo que se ve, pero en Arqueología hay que ilustrar sobre lo que no hay, lo que no se ve, lo que cabe imaginar. Así, en Historia social del arte aparecen las esculturas iluminándose y ocultándose, dándole vueltas y más vueltas a una pieza, valorando lo que quiere transmitir el escultor y, sobre todo, el pintor, idea abstracta, lo que creemos que pensaba el pintor, lo que dice, lo que ha dejado de decir, lo que se ve, lo que no se ve, la crítica al poder, la denuncia social que puede haber en una simple mancha roja del cuadro, el significado de un punto negro que puede ser el preanuncio de un sistema dictatorial, etc. La documentación que recoge María J. Berlanga nos ubica rápidamente en el punto crítico de las desazones de Rodríguez de Berlanga, para quien entre los “expertos malagueños” había «un número crecidísimo de individuos que entendían tanto de arqueología como yo de chino» (p. 207) y luego apareció una «turba de anticuarios improvisados, que como granizada asoladora de vendaval inesperado, había caído de pronto sobre aquellos desmontes» (p. 214, nota 40). Las críticas que recoge María José Berlanga hechas por Rodríguez de Berlanga sobre intelectuales, estudiosos y aficionados de la historia de Málaga (ver pp. 220-224) resultan demoledoras.
En la obra de Rodríguez de Berlanga no vemos que se hable en ningún momento de Rechtsarchäologie, que no es Arqueología jurídica 30, sino otra cosa. En cualquier caso, allí no hay, como tampoco se vislumbra, lo que el gran sabio alemán Karl von Amira (1848-1930), un gran historiador del Derecho completamente independiente de escuelas y escuderías, denominó la Rechtsarchäologie, que piadosamente su discípulo Claudius Freiherr von Schwerin recopiló en un volumen bajo el título Rechtsarchäologie. Gegenständen, Formen und Symbole germanischen Rechts, del que solo apareció el tomo 1.º Einführung in die Rechtsarchäologie, Berlín, 1943, 253 pp., con prólogo escrito en Múnich el 3 de junio de 1942. Posteriormente en 1957 H. Baltl volvió sobre la Rechtsarchäologie y en 1992 W. Maisel. Pero, ¿qué es la Rechtsarchäologie? Ha querido dejarlo claro, desde el principio, von Schwerin: «Die Rechtsarchäologie ist in die neuzeitlliche Wissenschaft wieder eigenführt und ihrer heutigen Zielsetzung überhaupt erst begründet worden duch K. v. Amira» (p. 3). La Rechtsarchäologie se centra en restos como las picotas, los rolandos, las puertas, las horcas, la simbología en la piedra, etc., que tienen un contenido jurídico, que recuerda el privilegio del mercado, la Hausfriedensbruch o ruptura de la paz de la casa, el poder nobiliario, la pena de muerte, la autoridad, etc.
El documento de 17 de junio de 1850, que se publica en pp. 227-233, como un ejercicio académico, suponemos que para la obtención del grado de licenciado por parte de Rodríguez de Berlanga en la Universidad de Granada, debería haber sido anotado e indicar las precisiones correspondientes. Puede haber incluso errores de trascripción del texto. Hay que precisar al pie de página de qué está escribiendo y sobre quién está escribiendo: Alessandro Manzoni, Anton Friedrich Justus Thibaut, Friedrich Carl von Savigny, Charles Louis de Secondat baron de Montesquieu et de la Brède, Jeremy Bentham, Bartolo da Sassoferrato, Baldo degli Ubaldi, Jacques Cujas, B. G. Niebuhr, Edouard René Lefebvre de Laboulaye, Giovanni Battista Vico, etc. Además habla del Breviario de Amiano, en vez de Aniano, del conde Aniano, es decir el Breviario de Alarico o Lex Romana Visigothorum. La frase latina del párrafo primero de la p. 229 está mal transcrita. Desconocemos quien ha facilitado que se publique y quien lo ha trascrito, evidentemente el desacierto de este último resulta lamentable. Algunas de estas cuestiones son elementales y las conoce un simple aprendiz de recadero de historiador del Derecho o de romanista.
La muestra de artículos de Rodríguez de Berlanga es impresionante. Viendo los que se reproducen comprendemos la razón de que entre los juristas españoles solo d’Ors en el XX ha sido capaz de cultivar la Epigrafía jurídica. Esto es dificilísimo. Sin embargo, Rodríguez de Berlanga no aparece ni en Juristen, ni en Juristas universales. En la primera, obra dirigida por Michael Stolleis, el único malagueño que visualizamos es Francisco Giner de los Ríos, entre 594 juristas de todos los tiempos, y los españoles contemporáneos (poquísimos) casi todos lo son por su presencia en Alemania. Debería, consecuentemente, haber aparecido Berlanga, pero no es el caso. No obstante, en Juristen y en Juristas Universales se ha incluido entre los 594 y los 842 juristas, respectivamente y en ambos casos, a un personaje tan escasamente significativo como Fèlix Maria Falguera de Puiguriguer i Vern de Riera (1811-1897).
La correspondencia que se publica entre Rodríguez de Berlanga y Giovannibattista Rossi, Antonio Cánovas del Castillo y Juan Facundo Riaño no es muy significativa. Debe haber muchas más cartas. Las dos misivas de Emil Hübner a Aureliano Fernández Guerra son rutinarias, de comunicación de envío de libros, no de valoraciones. Lo bueno que tienen los epistolarios es que en ellos los autores de las misivas expresan lo que piensan con mayor naturalidad y crudeza que cuando publican un libro o un artículo, a la vez que hacen valoraciones y ponen de relieve sus filias y sus fobias sin timideces. Así sabemos que Pere Bosch i Gimpera, durante las oposiciones al cuerpo de Achivos, Bibliotecas y Museos, el 1 de julio de 1913, en el cuarto de aseo estuvo copiando de un catálogo que llevaba en el bolsillo de la chaqueta.
La conclusión es clara. Rodríguez de Berlanga fue un jurista solidísimo en el conocimiento del mundo romano y de la Arqueología y la Epigrafía de la Bética, que mantuvo amplísimas conexiones internacionales con sabios de Alemania, Austria. Inglaterra y Francia. Reconocido fuera de España, no lo fue ni en su país, ni en su ciudad de acogida. Justo a la inversa de lo que el 9 de diciembre de 1990 31, un siglo después, opinaba d’Ors sobre los romanistas y los epigrafistas españoles: reconocidos en España e ignorados en el cultivado extranjero centro-europeo y en el mundo de la francofonía. [Recibido el día 7 de julio de 2012].
NOTAS
1 Como consecuencia de los retrasos en la edición en realidad Pérez-Prendes publicó este trabajo “Vida y obra de Don Manuel Rodríguez de Berlanga”, en e-Legal History Review, n.º 0 (abril 2005), on line, integrándolo como si formara parte de un proyecto de investigación del Ministerio de Educación y Ciencia SEJ-2004-02498. En cambio Pedro Rodríguez Oliva, que asistió al Congreso, no lo facilitó para el Liber amicorum y publicó varios trabajos sobre Rodríguez de Berlanga en distintas sedes, entre ellos el titulado “Noticias historiográficas sobre el descubrimiento y los primeros estudios en torno a las tablas de bronce con las leyes municipales de Málaga y Salpensa (1851-1864)”, en Mainake, XXIII (2001), pp. 9-38.
2 María Encarnación Gómez Rojo, “Ciclo de conferencias sobre el CL aniversario del descubrimiento de la Lex Flavia Malacitana”, en Anuario de Historia del Derecho Español, LXXII (2002), pp. 778-781, centrándose en la aportación de Álvaro d’Ors, la “cartita”, a la vez que en las conferencias de Manuel Olmedo Checa, la aportación de Víctor Gallero Galván, la de Pedro Rodríguez Oliva extractada en 23 líneas llenas de contenido y la de José Manuel Pérez-Prendes con una valoración más in extenso.
3 El texto completo de lo que escribió quien lo llevó a cabo no puede ser más esquelético en cuanto a información: «**Rodríguez de Berlanga Rosado, Manuel [Mauricio Francisco de Paula] (1825-1909). Nació en Ceuta el 25.XII.1825 y murió en Alhaurín el Grande (Málaga) el 3.VII.1909. Era hijo de Manuel Rodríguez de Berlanga Lassaleta y de Rafaela Rosado Hudson. Tras estudiar el bachillerato en el Seminario Conciliar de Málaga, ciudad en la que vivió desde su infancia, obtuvo el título de profesor de Matemáticas y el de Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada. Doctor en Leyes por la Universidad Central de Madrid desde el 5.VII.1852, de regreso a Málaga, combinó el ejercicio de la abogacía con su auténtica vocación, la investigación científica, la cual desarrolló en campos tan diversos como la arqueología, la numismática, la epigrafía y la Historia del Derecho. Hombre de vasta cultura, profundo conocedor del latín y del Derecho romano, es especialmente conocido, desde el punto de vista histórico-jurídico, por su contribución al estudio de la Lex Flavia Malacitana, descubierta en 1851. Escritor de estilo muy personal, entre sus obras, y al margen de otros artículos y libros, destacan las siguientes: Estudios sobre los dos bronces encontrados en Málaga a fines de 1851 (1853), Monumentos históricos del Municipio flavio malacitano (1864), Los bronces de Osuna (1873), Los nuevos bronces de Osuna (1876), Los bronces de Lascuta, Bonanza y Aljustrel (1881), El nuevo bronce de Itálica (1891) y el Catálogo del Museo de los Excmos. Señores marqueses de Casa-Loring. Su origen y desarrollo durante el medio siglo de su existencia (1903). Buena parte de su frenética actividad, en cuanto a la financiación de la misma se refiere, fue posible gracias a su matrimonio con Elisa Loring Oyarzábal. Miembro correspondiente de la Real Academia de la Historia de Madrid y de la de Buenas Letras de Barcelona, su carácter europeísta y su contacto con los más grandes historiadores, epigrafistas y romanistas del momento (como Th. Mommsen o Emil Hübner), le permitieron formar parte además de Academias extranjeras como la de Ciencias de Turín, la de Ciencias de Berlín, la Imperial de Ciencias de Viena, el Instituto Arqueológico Alemán de Roma, la Sociedad de Anticuarios de Newcastle y la Sociedad Arqueológica de Berlín (Emilio Lecuona) [№ 911]» [Diccionario crítico de Juristas españoles, portugueses y latinoamericanos (hispánicos, brasileños, quebequenses y restantes francófonos) [hasta noviembre 2006], vol. II, tomo 1º (M-Va), Zaragoza-Barcelona, 2006, pp. 416-417, nº 911]. Resulta casi insultante, si se comparan los 1.844 caracteres que se la asignan por el autor de la misma, E. Lecuona, a Rodríguez de Berlanga, cuando María Salazar, en el mismo Diccionario, sobre José Castán Tobeñas (n.º 212), escribió una semblanza de 66.496 caracteres de extensión y el sabio estudioso del Derecho canónico medieval José Miguel Viejo-Ximénez, sobre Francisco de Vitoria (n.º 1.321) escribió, en el citado Diccionario, 52.071 caracteres. Naturalmente la Dra. Salazar está considerada por muchos como la mejor catedrática de Derecho romano con que contamos en España y, si sigue publicando al ritmo que ha llevado hasta ahora, le comerá el terreno a muchos de los actuales más destacados profesionales del Derecho romano de España, Francia y Latinoamérica. Sin contar con un sistema de medición fiable, en este caso, estimo que la simple información biográfica y bibliográfica sobre Rodríguez de Berlanga que proporciona María José Berlanga Palomo en Arqueología y erudición en Málaga durante el siglo XIX, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Málaga, Málaga, 2005, superará los sesenta mil caracteres, y hasta los ciento cincuenta mil la información indirecta relacionada con R. de Berlanga, fundamentalmente en pp. 75-81 y 83-109. María J. Berlanga facilita también muchos datos sobre otros famosos arqueólogos malagueños, que contaban con los estudios de Leyes y de Cánones, doctores en algunos casos, juristas por tanto, con marcada vocación hacia la Arqueología y descubrimientos significativos, cuales son los casos de José Oliver Hurtado, Manuel Oliver Hurtado, Serafín Estébanez Calderón, Manuel Lafuente Alcántara, Francisco Javier Simonet, Francisco Guillén Robles y Narciso Díaz de Escobar. No han sido incluidos estos juristas malacitanos en ninguno de los tres tomos del Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos, ni siquiera en el tomo IV.º actualmente en prensa, pero hacemos el propósito de que alguien los escriba para ese quinto tomo, como también para el tomo 1.º ó 2.º del electrónico Diccionario de canonistas europeos y americanos, actualmente en fase avanzada de elaboración el tomo 1.º, por lo que se refiere a los que estudiaron Cánones, y obtuvieron la licenciatura o el doctorado en esa ciencia sagrada.
4 Emilio Lecuona, “Jornadas de Estudio por el 150 Aniversario del hallazgo de la Lex Flavia Malacitana (26-27 de octubre de 2001)”, en Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, XXIII (2001), pp. 709-711.
5 Álvaro d’Ors había manifestado ya en varias ocasiones, respecto a sus colaboraciones en los homenajes y libri amicorum: «La brevedad de mi contribución no se debe a la cortedad de mi admiración por el homenajeado, sino al criterio de que no conviene abusar, en ocasiones de este tipo, con artículos largos» (Álvaro d’Ors, correspondencia científica, Pamplona, 10 de marzo de 1987, en trámite al Arxiu Nacional de Catalunya, APFVT, sig. L-126/87).
6 Rafael Domingo, Álvaro d’Ors. Una aproximación a su obra, Thomson Aranzadi, Cizur menor, 2005, 128 pp.
7 Álvaro d’Ors, “Un aviso sobre la ley municipal, lex rescripta”, en Mainake, 23 (2001), pp. 97-100.
8 Álvaro d’Ors, “La nueva copia irnitana de la Lex Flavia Municipalis”, en Anuario de Historia del Derecho Español, LIII (1983), pp. 5-15, ad casum p. 7.
9 Álvaro d’Ors, “La nueva copia irnitana de la Lex Flavia Municipalis”, en Anuario de Historia del Derecho Español, LIII (1983), p. 7. Además d’Ors enlaza «la proliferación de leyes municipales» de la Bética con «la práctica medieval de concesión de fueros con un modelo más o menos común» (p. 14).
10 Al respecto señalaba A. d’Ors: «Es verdad que Miquel está haciendo una buena labor en Barcelona, pues es muy capaz, pero no basta con sugerir temas para que hagan tesis doctorales, y una dirección a distancia es muy problemática. En general, el nivel de posibles docentes es cada día más bajo, y también el de las tesis doctorales, como es natural» y, por si no fuera suficiente, denostaba algunas actitudes de los profesores titulares de Universidad: «La insubordinación oficial de los “titulares” (sic, las comillas tienen su sentido) es causa de permanente desorden en una cátedra» (Álvaro d’Ors, correspondencia científica, Pontevedra, 12 de septiembre de 1992, en trámite al Arxiu Nacional de Catalunya, APFVT, sig. L-383/92). Ya en su momento Theodor Mommsen publicó un artículo titulado “Die deutschen Pseudodoctoren”, en Preussische Jahrbücher, n.º 37 (1876), pp. 19-22.
11 El contenido al completo de la valoración es el siguiente: «Como los propios títulos recogidos expresan, la actividad científica del Sr. d’Ors se caracteriza por una marcada orientación crítica. En este aspecto sorprende en verdad la firmeza de sus análisis lingüísticos y filológicos, en contraste con los datos históricos escrupulosamente manejados y sus aportaciones en el campo de la epigrafía jurídica. De especial relevancia es el nuevo planteamiento de carácter histórico que da a las cuestiones de reconstrucción suscitadas por la Constitutio Antoniniana, que revelan un espíritu analítico y realista en contraposición a la dominante obcecación paleográfica en torno al papiro Giessen. Sus traducciones de clásicos latinos, y los estudios que preceden a las dos Ciceronianas merecen la mejor opinión así como la objetividad y sereno juicio que reflejan sus numerosas reseñas bibliográficas» (Madrid, 16 de diciembre de 1943). El texto se recoge en Archivo General de la Administración, Educación y Ciencia, sig. 31/1473 y lo hemos publicado en Manuel J. Peláez, “Las oposiciones a cátedras de Derecho Romano de 1943 (Álvaro d’Ors Pérez-Peix, Faustino Gutiérrez Alviz y Francisco Hernández Tejero) (1ª Parte)”, en Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, XXX (2008), p. 516, en texto y nota 26.
12 Pedro Rodríguez Oliva, catedrático de Arqueología, nos señala al respecto: «Un Liber amicorum no es exactamente igual que un libro de homenaje, porque el primero tiene mucho de directo aprecio personal al homenajeado. En este caso, un volumen que recoge en su mayoría las ponencias y comunicaciones de un congreso sobre alguien que murió hace más de un siglo nunca puede ser un Liber amicorum, un género que deriva de la costumbre decimonónica alemana de regalar como reconocimiento a un amigo, y normalmente con motivo de una efeméride, un texto encuadernado con dedicatorias, dibujos, poesías, etc., de sus allegados. En este caso, nadie de los que escribe en esta obra pudo ser amigo de Rodríguez de Berlanga por más que evidentes razones cronológicas» (P. Rodríguez Oliva, correspondencia científica, 17.VI.2012).
13 Salida de la pluma de María del Carmen García Bernal y publicada en la Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, Valparaíso, XXXII (2010), pp. 531-533. Hace un buen resumen y unos elogios excesivos de Manuel Olmedo Checa precisando que «nos sitúa magistralmente en una época y en unos personajes detallando al milímetro cada fragmento de la imagen y en una biografía, necesaria a la vez que emotiva, sobre la persona de Rodríguez de Berlanga» (p. 532). De Pérez-Prendes advierte que logra «un recorrido minucioso sobre la vida y hallazgos de Manuel Rodríguez de Berlanga... y ofrece una imagen más que idílica del ilustre abogado, merecedor en extremo del homenaje que estamos relatando» (p. 532). Del artículo de cierre comenta: «Mª José Berlanga Palomo, con su estudio sobre “Manuel Rodríguez de Berlanga y los derribos de la Alcazaba”, nos muestra con una claridad y precisión en su relato, así como a través de ilustraciones que dan vida a su trabajo, los diferentes proyectos habidos en relación al desmonte del sector meridional de la Alcazaba malagueña conocido como “Haza Baja”, las desavenencias de Rodríguez de Berlanga con la Comisión de Monumentos sobre la reconstrucción topográfica e histórica de Málaga. De esta forma, se da cierre a los estudios que han dado forma al libro, siendo la contribución de Berlanga Palomo un modo magnífico de culminarlos» (p. 533).
14 Manuel Rodríguez de Berlanga, “Teodoro Mommsen”, En el Centenario de Theodor Mommsen (1817-1903). Homenaje desde la Universidad Española, Madrid y Málaga, p. 109.
15 Manuel Rodríguez de Berlanga, “Teodoro Mommsen”, p. 110.
16 Manuel Olmedo Checa, edición e introducción de Manuel Rodríguez de Berlanga, Cartas a Emil Hübner conservadas en la Staatsbibliothek de Berlín, Real Academia de Bellas Artes de San Telmo, Málaga, 2011, 193 pp. Curiosa estructura la de este libro, muy bellamente editado en lujoso papel cuché, con ilustraciones a todo color, con varias partes: 1.ª) «Sobre el origen de la amistad entre Manuel Rodríguez de Berlanga y Emil Hübner» (pp. 13-24); 2.ª) «El Archivo personal de Aureliano Fernández Guerra y Orbe» (pp. 24-26), enemigo científico de Rodríguez de Berlanga, como otros, entre ellos José Manuel Pérez-Prendes, pueden –y podemos serlo– de Alfonso García-Gallo y de Diego (“el pequeño Napoleón”, para J. M. Pérez-Prendes); 3.ª) «El Archivo de la Academia de Ciencias de Berlín» (pp. 26-27); 4.ª) «Un inciso sobre el Museo Loringiano y el mosaico cartimitano de los trabajos de Hércules» (pp. 27-33); 5.ª) «Importancia del epistolario del Dr. Berlanga» (pp. 34-35); 6.ª) «Algunas referencias sobre el contenido del epistolario» (pp. 35-49) y 7.ª) «Conclusión» (pp. 50-53). A partir de ahí da inicio la segunda parte del libro que se titula «Biografía del Excmo. Sr. D. Manuel Rodríguez de Berlanga y Rosado» (pp. 55-193). El resultado es que la prometida correspondencia cruzada entre Emil Hübner y Rodríguez de Berlanga no se publica y además apenas hay referencias a su contenido en el libro. No se editan, ni, salvo ocasionalmente, se dan detalles de las 380 cartas que se conservan en Berlín y que, en teoría, son el objeto del libro. Lo que es asombroso es el Prólogo de Manuel del Campo y del Campo tras darnos a conocer que se ha logrado rescatar un importante fondo epistolar, se atreva a decir que «este libro encierra mucho más de lo que su título anuncia, porque no solo nos permite conocer numerosos e inéditos datos sobre tan importantísima materia histórica y científica» y además «con este libro el Sr. Olmedo ha sabido rescatar con pasión, con rigor y con acierto» (p. 9). ¿Ha sabido rescatar qué? ¿«Este libro encierra mucho más de lo que su título anuncia»? ¿No será al contrario, que encierra mucho menos de lo que precisa su título y que omite lo principal, lo que se anuncia en la portada como verdaderamente significativo y aportación de primer orden? Hasta cierto punto es un fraude editorial, pues precisa en letras blancas sobre fondo negro que su contenido será una correspondencia entre Emil Hübner y Rodríguez de Berlanga, que se encuentra en Berlín y que luego no sólo no se recoge, cuando es la contribución principal que se esperaba, y lo que tendría realmente valor científico. Aparte, la edición de la correspondencia se debe hacer con una anotación a pie de página y con una criteriología técnica, propia de alguien que posea un gran dominio del latín, del alemán, de la Epigrafía, de la Epigrafía jurídica, de la Arqueología, del Derecho romano y de la propia historia romana en la Bética y la Cartaginense. Cuando tengamos oportunidad de ver la trascripción y edición de la correspondencia nos pronunciaremos sobre ella, al margen de lo que ya digamos en Valparaíso.
17 C. D. af Wirsen en Theodor Mommsen, Historia de Roma, vol. I, De la fundación a la República, traducción de A. García Moreno, Madrid, Aguilar, 1962, p. 11.
18 Ver Marco Frenschkowski, “Theodor Mommsen”, en Biographisch-Bibliographische Kirchenlexikon, vol. VI [Moenius-Patijn] (1993), pp. 54-58.
19 Las colaboraciones que pueden verse en el libro titulado En el Centenario de Theodor Mommsen (1817-1903). Homenaje desde la Universidad Española, Real Academia de la Historia y Universidad de Málaga, Madrid y Málaga, 2005, son las siguientes: Francisco Marco Simón (Universidad de Zaragoza), “Theodor Mommsen (1817-1903): aproximación a una actividad apasionada”, pp. 9-24; Marco Buonocuore (Archivo Secreto Vaticano), “«Più col cuore che colla penna». Theodor Mommsen y Giuseppe d’Errico: una página inédita de colaboración científica con la cultura del Reino de Nápoles en 1846”, pp. 25-36; Ginette Vagenheim (Universidad de Rouen), “«Quel triste carteggio» et «quei dolci vincoli». Deuils familiaux et amitié fraternelle dans la correspondance entre Theodor Mommsen et Giovanni Battista de Rossi”, pp. 37-44; Giulia Baratta (Universidad de Barcelona), “Gli «Archi Romani» di Burnum. Una nota di Mommsen su un monumento dalmata”, pp. 45-61; Marc Mayer (Universidad de Barcelona), “Notulae minimae Mommsenianae: Mommsen, Hübner e Hispania y un apunte sobre la estrategia de trabajo de Mommsen en Italia”, pp. 63-74; Juan M. Abascal (Universidad de Alicante), “Theodor Mommsen y la Real Academia de la Historia”, pp. 75-80; Pedro Rodríguez Oliva (Universidad de Málaga), “Un capítulo de las relaciones hispanas de Theodor Mommsen”, pp. 81-98, quien además publica en apéndice la amplia nota necrológica “Teodoro Mommsen”, pp. 99-134 que escribió Manuel Rodríguez de Berlanga y que apareció editada, según indica el propio P. Rodríguez, en la Revista de la Asociación Artístico-Arqueológica Barcelonesa, vol. IV, n.º 39 (1904), pp. 357-378, 40 (1904), pp. 421-448 y 41 (1904), pp. 485-514; precisamos que este trabajo de Rodríguez de Berlanga resulta impresionante desde todo punto de vista para la época en que fue escrito, hace ciento ocho años, acompañado de un tono heroico en su inicio y con un despliegue extraordinario de información bibliográfica y recogiendo algún que otro fragmento de su correspondencia con el gran genio alemán, y haciendo observaciones importantes y significadas sobre el conjunto de su obra. Además, en el homenaje hay también colaboraciones de Mirella Romero Recio (Universidad Carlos III), “Traducciones y ediciones de la obra de Mommsen en España (1876-1905)”, pp. 135-152; Géza Alföldy (Universidad de Heidelberg), “Theodor Mommsen y la epigrafía romana a los cien años de su muerte”, pp. 153-169; Belén Malavé Osuna (Universidad de Málaga), “Mommsen y la ciencia del derecho público”, pp. 171-177; Luis Baena del Alcázar (Universidad de Málaga), “La Arqueología en la Historia de Roma de Theodor Mommsen”, pp. 179-190; Jorge Martínez-Pinna (Universidad de Málaga), “Dos visiones contemporáneas sobre la Roma arcaica: Schwegler y Mommsen”, pp. 191-206; Pedro López Barja de Quiroga (Universidad de Santiago de Compostela), “Los partidos políticos en la obra de Mommsen”, pp. 207-218; Antonio Duplá Ansuategui (Universidad del País Vasco), “Imperialismo defensivo y guerra justa: de Th. Mommsen a M. Walzer”, pp. 219-237; Francisco Pina Polo (Universidad de Zaragoza), “Esperando a César: crisis y revolución en la obra de Mommsen”, pp. 239-252 y María Victoria Escribano Paño (Universidad de Zaragoza), “Mommsen y el Principado: la descripción del jurista”, pp. 253-267.
20 “MommsensGlaube: zur Genealogie von Recht und Staat in der Historischen Rechtsschule”, en Nachrichten von der Akademie der Wissenschaften in Göttingen, Philologisch-Historische Klasse, Göttingen, n.º 4 (2005), pp. 324-389.
21 Due maestri: storia e filologia in Theodor Mommsen e Santo Mazzarino, Acireale, 2010, 226 pp.
22 Theodor Mommsen: Gedanken zu Leben und Werk des grossen deutschen Rechtshistorikers, Karlsruhe, 2006, 80 pp.
23 Theodor Mommsen nell’isola dei falsari: storici e critica storica in Sardegna tra Ottocento e Novecento, Cagliari, 2009, 140 pp.
24 Stefan Rebenich y Gisa Franke, editores de Theodor Mommsen und Friedrich Althoff. Briefwechsel 1882-1903, München, 2012, 889 pp.
25 Francesco Mannino, Marco Mannino y Daniele Federico Maras, coord., de Theodor Mommsen e il Lazio antico, cuyas actas se publicaron en Roma, 2009, 189 pp.
26 Jaume Sobrequés i Callicó, Manuel J. Peláez, Francesc Vilanova i Vila-Abadal y Maria Soriano i Marín, Epistolari de Francesc Martorell i Trabal i de Pere Bosch i Gimpera amb Ramon d'Abadal i de Vinyals i amb Ferran Valls i Taberner: 1908-1931, Promociones Publicaciones Universitarias, Barcelona, 1991, 310 pp. Esta obra fue recensionada por J. Sobrequés, “En el centenario del nacimiento de Pere Bosch i Gimpera. Madrid y Berlín: etapas de formación”, en La Vanguardia, 9 de abril de 1991, sec. Cultura, p. 3; Albert Manent, “Bosch i Gimpera erudit i polític”, en El País (de Barcelona), 21 de marzo de 1991, p. 8; F. Vilanova, “Redescobrir l’home i l’estudiós”, en Avui, Barcelona, 22 de marzo de 1991, p. 32 y Étienne Dravasa, en Revue historique de droit français et étranger, París, LXXI, nº 2 (1993), p. 318. Francesc Martorell i Trabal era también arqueólogo y no congeniaba demasiado con Bosch i Gimpera, al que de joven le había puesto como mote “el bosquimano”, con el que era conocido entre la generación barcelonesa de 1917 (Ramon d’Abadal i de Vinyals, Jordi Rubió i Balaguer, Pere Bosch i Gimpera, Ferran Valls i Taberner, Francesc Martorell i Trabal, Manuel Reventós i Bordoy). Martorell falleció relativamente joven, en 1935, dejando viuda y diez hijos sumidos en unas condiciones materiales extremas. Josep Maria Font i Rius, catedrático jubilado de la Universidad de Barcelona, que tiene 96 años, tuvo oportunidad de conocer a esa familia y, según él, las hijas de Martorell eran guapísimas (palabras del Dr. Font a las que no añadimos nada), por lo que no tuvieron problema en salir adelante. La Providencia no abandona al hombre, ni a la mujer. Cuando se editó el libro de Manuel J. Peláez, Angélica B. Guckes, María E. Gómez Rojo y Concepción Serrano Alcaide, El epistolario germánico de Ferran Valls i Taberner, Barcelona, 1997, 125 pp., se publicaron las misivas de Bosch desde Berlín y las del gran erudito y epigrafista catalán José Vives Gatell desde Friburgo de Brisgovia, de interés epigráfico. Esta obra fue recensionada por Filippo Ranieri, en Zeitschrift der Savigny-Stiftung für Rechtsgeschichte, Germanistische Abteilung, Weimar, 116 (1999), pp. 693-694; Carmen Riu de Martín, en Índice Histórico Español, Barcelona, vol. XXXVI, nº 110 (1998), ref. 98-2929; A. Landa, en Razón Española, Madrid, vol. XXX (1998), pp. 120-121; Guillermo Hierrezuelo Conde, en Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, Valparaíso, XXII (2000), pp. 635-636 y Étienne Dravasa, en Revue historique de droit français et étranger, París, LXXIX, nº 4 (2001), pp. 532-533.
27 Ver Ulrich von Wilamowitz-Möllendorf, Kleine Schriften, Akademie-Verlag y Adolf M. Hakkert, Berlin y Amsterdam, 1971, de qua vid., vol. V, 1, 1971, donde en pp. 256-266 se recogen sus Lectiones epigraphica, que subtitula Index scholarum in academia Georgia Augusta per semestre hibernum a. d. XV m. Octobris XV. m. Martis MDCCCLXXXVI habendarum, Gottingae MDCCCLXXXV. Aparte sus trabajos epigráficos en este mismo volumen en pp. 245-280.
28 Tal y como pusimos de relieve en la voz “Sabino [Policarpo] de Arana Goiri [1865-1903]”, en Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos, vol. I [2005], pp. 104-105, n.º 76, «resulta curioso que dos libros de Chaho, Paroles d’un voyant en réponse aux paroles d’un croyant de mr. l’abbé De la Mennais y su Philosophie des révélations adressée à m. le professeur Lerminier fueran incluídos en el Index romano por sendos decretos de 7 de julio de 1835 y de 23 de junio de 1836» (p. 105)
29 Consultar el resumen biográfico de Campión a cargo del catedrático de Filosofía del derecho, José Ignacio Lacasta Zabalza, “Arturo [Juan Estanislao] Campión Jayme-Bon [1854-1937]”, en Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos, vol. I [2005], pp. 181-182, n.º 179.
30 Pensamos que actualmente se entiende por Arqueología jurídica, al menos en España, no los restos arqueológicos que tienen un contenido jurídico (fuentes de producción del derecho o documentos de aplicación del derecho) o institucional, siendo como son una fuente indirecta de conocimiento del Derecho histórico, sino otra cosa bien distinta. Aclarémoslo, en la medida de lo posible. Son Arqueología jurídica aquellas normas jurídicas o artículos de un Código o una Ley, Real Orden, Ordenanzas, Decretos vigentes que se consideran completamente desfasados dentro del ordenamiento correspondiente, en nuestro caso el actual Estado social y democrático de Derecho. Por ej., recurrir a fundamentar en leyes de Partidas algunas resoluciones judiciales, mantener normas del siglo XVIII en Francia como vigentes en el siglo XXI, determinados artículos del Código de comercio español de 1885, la vigencia parcial del totalitario reglamento de disciplina académica aprobado por el ministro de Educación Nacional Joaquín Ruiz-Giménez mediante decreto de 8 de septiembre de 1954, que apareció en el BOE el 12 de octubre de 1954, o que hasta el año 2000 se mantuviera vigente el libro dedicado a las quiebras del Código de comercio de 1829. Es decir, la Arqueología jurídica es derecho vigente, mientras que la Historia del Derecho se ocupa del derecho no vigente.
31 «Lo que escribimos los españoles no suele ser leído fuera de España, aunque publiquemos en revistas extranjeras. Todavía se cierne sobre los romanistas españoles un prejuicio muy desfavorable, aparte de que el desconocimiento del español impide también que se nos lea. Como comprende, yo tengo una fundada experiencia, que, por lo demás, no me ha amargado ni impedido seguir publicando, aunque me temo que haya tenido tal efecto en algunos de mis colegas, muy capaces, pero que pronto se desanimaron precisamente por esa razón. Puede también suceder que encuentre Vd. algún extranjero que hable bien, por ejemplo, de mí, pero lo hace convencionalmente y “a bulto”, pues, cuando luego escribe, se ve claramente que no me ha leído» (Álvaro d’Ors, correspondencia científica, Pamplona, 9 de diciembre de 1990, en trámite al Arxiu Nacional de Catalunya, APFVT, sig. L-256/90, p. 2vº). En realidad esto es incierto, por modestia o desconocimiento del propio A. d’Ors, a la vista del número de veces que ha sido citado d’Ors en revistas científicas alemanas, austriacas, francesas e italianas.
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