Revista europea de historia de las ideas políticas y de las instituciones públicas
ISSN versión electrónica: 2174-0135
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Depósito Legal: MA 2135-2014
Presidente del C.R.: Antonio Ortega Carrillo de Albornoz
Director: Manuel J. Peláez
Editor: Juan Carlos Martínez Coll
"WIRTSCHAFTSGESCHICHTE UND WIRTSCHAFTSPOLITIK" EN EL CENTENARIO DE UN DECESO: «TRABAJOS DE HISTORIA DE LAS INSTITUCIONES POLÍTICAS Y DE LAS IDEAS POLÍTICAS, SOCIALES Y ECONÓMICAS Y SOBRE EL SOCIALISMO DE CÁTEDRA EN HOMENAJE A GUSTAV VON SCHMOLLER»
Manuel J. PELÁEZ*
Miriam SEGHIRI**
Para citar este texto introductorio puede utilizarse el siguiente formato:
Manuel J. Peláez y Miriam Seghiri (2017): «„Wirtschaftsgeschichte und Wirtschaftspolitik“ en el centenario de un deceso: “Trabajos de Historia de las instituciones políticas y de las ideas políticas, sociales y económicas y sobre el socialismo de cátedra en homenaje a Gustav Friedrich von Schmoller”», en Revista europea de historia de las ideas políticas y de las instituciones públicas, nº 10 (noviembre de 2016-marzo de 2017).
Resumen: La figura de Gustav Friedrich von Schmoller es la de uno de los intelectuales más significativos que ha habido en Europa en el siglo XIX y los primeros años del siglo XX en el ámbito de las Ciencias Sociales. Fue uno de los fundadores de la Sociedad para la Política Social y el principal motor ideológico de la misma, que tenía marcados una serie de objetivos significativos, incluidos aquellos referentes al estudio de las Ciencias sociales y su aplicación, así como combatir a la Iglesia católica, en defensa lógicamente de los presupuestos y puntos de partida de los luteranos. Prusia se había convertido en defensora de unos presupuestos frontalmente contrarios a Baviera. Como pensador social, historiador de las ideas laborales y políticas, Schmoller sigue siendo un referente imprescindible. Sin embargo, la escuela histórica de economía, a la que dio tanto protagonismo, ha dejado de ser en muchos casos punto principal metodológico de investigación y ha entrado en decadencia.
Palabras clave: Gustav von Schmoller, Ciencia Política, Historia de las instituciones públicas, Instituciones sociales, Socialismo de cátedra, Verein für Socialpolitik, Prusia, Lujo Brentano.
Resum: La figura de Gustav Friedrich von Schmoller és la d'un dels intel·lectuals més significatius que hi ha hagut a Europa al segle XIX i els primers anys del segle XX en l'àmbit de les Ciències Socials. Va ser un dels fundadors de la Societat per a la Política Social i el principal motor ideològic de la mateixa, que tenia marcats una sèrie d'objectius significatius, inclosos aquells referents a l'estudi de les Ciències socials i la seva aplicació, així com combatre a l'Església catòlica, en defensa lògicament dels pressupostos i punts de partida dels luteranos. Prússia s'havia convertit en defensora d'uns pressupostos frontalment contraris a Baviera. Com a pensador social, historiador de les idees laborals i polítiques, Schmoller segueix sent un referent imprescindible. No obstant això, l'escola històrica d'economia, a la qual va donar tant protagonisme, ha deixat de ser en molts casos punt principal metodològic de recerca i ha entrat en decadència.
Paraules clau: , Ciència política, Història de les instituciones públiques, Institucions polítiques, Dret administratiu, Socialisme, Verein für Socialpolitik, Prusia, Lujo Brentano.
Gustav von Schmoller es el príncipe del socialismo de cátedra y quizás el estudioso más relevante que ha habido hasta ahora de Política social o, al menos, quien ha conseguido una proyección más significativa de la disciplina y que dio lugar a que en las Universidades prusianas la Política social adquiriera una altura docente inusitada. Pero también resalta como laborioso cultivador de la Historia social. Además de que cuenta con publicaciones extensísimas y documentadísimas en revistas alemanas. Algunos de sus artículos superan las doscientas páginas, cosa algo inusual en Francia o en Suiza.
En la segunda parte de este homenaje a Gustav von Schmoller se publicará la traducción al castellano desde el inglés del libro The Mercantile System and its historical significance, illustrated chiefly from prussian history, que se editó en Nueva York y Londres, en MacMillan and Co., y en Norwood Press, haciendo preceder la traducción de una breve semblanza científica de Schmoller, y su paso por las Universidades de Tubinga, Halle, Estrasburgo y Berlín. Fue uno de los promotores y fundadores de la Verein für Sozialpolitik, de la que fue su presidente. Lideró con significativa relevancia y reconocimiento la Escuela histórica alemana de Economía, que marcó las investigaciones económicas y sociales con una metodología en su momento prestigiosa y en el presente momento erradicada hacia un segundo término. En uno de los apéndices de The Mercantile System, se recoge una relación de los príncipes y de los territorios de la Casa de Hohenzollern, con Federico I, Federico II, Achilles Albert, Cicero Juan, Joaquín I, Joaquín II, Juan Jorge, Joaquín Federico, Juan Segismundo, Jorge Guillermo y Federico Guillermo, y luego los reyes de Prusia, Federico I, Federico Guillermo I y Federico II el Grande.
El catedrático de la Universidad de Luxemburgo Thomas Gergen publica un artículo titulado „Gesellschaft und Wirtschaft der Bundesrepublik zu Beginn der 1980 er Jahre: ein Kommentar zu Dieter Stolzes „Deutschland – Ein Jammertal“?“, en el que plantea una serie de cuestiones sobre la República Federal de Alemania en la época de Helmut Schmidt y Helmut Kohl, tratando de rendir un homenaje tanto a Dieter Stolze como a Gustav Friedrich von Schmoller.
Mikhail Antonov, catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad de San Petersburgo, colabora de nuevo con nosotros en el homenaje a Schmoller, con un trabajo elocuente sobre Leon Petrazycki, el propio Gurvitch y Timasheff. El estudio de Antonov pone de relieve también la conexión entre Schmoller y Petrazycki en lo que pudiéramos denominar planteamientos metodológicos. Resalta igualmente la participación de Bjarne Melkevik de la Universidad Laval, colaborador habitual de nuestras publicaciones periódicas, aunque últimamente se haya dejado llevar por el mal camino de traducciones en lengua castellana de sus escritos en francés que evidencian por parte de las estudiantes, tesinandas y doctorandas sudamericanas que las han llevado a cabo carencias notables sobre el mecanismo de la traducción del francés a la lengua de Cervantes. No resulta saludable encargar estas traducciones a quienes no manejan bien el castellano, por origen o preparación intelectual. Decimos algo más sobre su artículo tres párrafos más abajo.
José Calvo González, catedrático de Filosofía y Teoría del Derecho de la Universidad de Málaga, se adentra en el mundo húngaro con un relato sobre un hombre singular Franz Rudolf von Grossing, que había sido jesuita y, que tras la disolución de la Compañía de Jesús por el papa Clemente XIV, mediante el breve «Dominus ac Redemptor» de 21 de julio de 1773 como consecuencia de las presiones de los reyes de Francia (Luis XV había disuelto la compañía en 1764), de España y de Portugal. En 1814 una bula del 7 de agosto, en momentos ya no revolucionarios sino de mayor sosiego y tranquilidad, restableció la Compañía. Descalifica, con razón y buen juicio, J. Calvo al personaje con los calificativos de aventurero, seductor, calumniador, especulador financiero, y hombre que no calculaba bien hasta donde llegaban los caudales propios y los ajenos, a los que daba un destino común, convirtiéndose en «moroso compulsivo». Destaca Calvo González su obra Ius publicum Hungariae editada en Halle en 1786, y otras como Animadversiones in Jus Publicum Hungariae que pasó a llevar el título de Refutatio iuris publici Hungariae. La conclusión es clara para el autor del presente artículo: «La historia del Derecho público europeo, y la de los precursores del Derecho constitucional, deben acoger a infames o réprobos».
Mientras tanto en España, según nos cuentan E. Yuróvskaya y I. Krivoguz, «los comuneros y los decamisados no desempeñaron en la península ibérica el papel que habían jugado los jacobinos y los sans-cullotes durante la Revolución Francesa. España era un país atrasado, su pueblo estaba influenciado fuertemente por la Iglesia católica, la pequeña burguesía no tenía un programa claro y no podía movilizar a las masas urbanas y rurales a una lucha consecuente y decidida contra el viejo régimen» (Historia moderna, 1640-1847, trad. española, Moscú, Editorial Progreso, 1988, p. 278).
Bjarne Melkevik, noruego, que se doctoró en París con Michel Villey, escribe esta vez en castellano sobre mundialización y Derecho en colaboración con Olga Carolina Cárdenas Gómez, formada en el externado de Colombia y luego en la Universidad Laval, donde defendió una tesis doctoral que llevaba un amplio título y que supo postular con seguridad y valentía. Hay un planteamiento sobre las diversas mundializaciones y las globalizaciones. En el ámbito francófono predomina conceptualmente la mundialización, mientras que en el anglosajón y entre los que manejan el español el término que ha encontrado mayor fortuna ha sido el de globalización. Las mundializaciones proceden del entorno conceptual teórico de los economistas. Resalta Melkevik que existen 57 versiones distintas del marxismo, cada una de por sí más compleja, heterogénea, contagiosa y delirantemente confusionista.
No obstante, Melkevik elogia a Karl Marx, pues para el profesor canadiense, de origen noruego, «la fuerza de Marx venía de su trabajo como “médico intelectual” que identificaba y diagnosticaba los síntomas de los cambios sociales, económicos y políticos y las perturbaciones que ellos podían ocasionar a nivel social y económico en el pueblo». Ello les lleva a Melkevik y a Cárdenas Gómez a concluir: «Nuestras reflexiones han confirmado principalmente la complejidad inherente a las mundializaciones que son más que un método de libre intercambio implementado por los países, más que la situación de hecho que resulta de tal método macroeconómico. Nuestro planteamiento demuestra que las mundializaciones son eso y más todavía. Ellas dan testimonio del hecho que nuestro mundo ha entrado en un largo proceso de cambios con múltiples efectos. En ese proceso los actores civiles, por no decir nada de las 500 grandes compañías privadas del mundo, estarán en primera fila. La sacudida de la legitimidad política en diferentes países, la dependencia de diferentes gobiernos sobre las grandes compañías privadas del mundo y el mercado mundial como extraterritorialidad jurídica tendrán consecuencias enormes y todavía insospechadas en todos los países. Eso tocará al derecho, porque si el derecho no es únicamente un anexo del Estado, si él puede funcionar a la maravilla sin él, no es menos cierto que la época moderna ha construido el derecho en relación con ese Estado. Así pues, hay un riesgo de gran cambio cuando la soberanía del Estado se pulverice a beneficio del mercado mundial. Podemos al menos estar seguros de una cosa: aquellos que creen que las mundializaciones inauguran una moralización del mundo donde florece la buena gobernabilidad y quienes toman las decisiones son virtuosos y buscan sólo el bienestar para todo el mundo, corren el riesgo de sentirse decepcionados. No hay ninguna razón para creer en sus patrañas edénicas. Jamás debemos perder de vista el sentido de nuestra modernidad jurídica y sobre todo no debemos sacrificar jamás los hombres, las mujeres y los niños de este mundo en favor del mercado mundial, de las mundializaciones o del dinero electrónico. Tampoco debemos perder la perspectiva que nos dan los hombres y las mujeres que se pasean en las calles y los niños que juegan en los parques. Nuestra introducción al estudio de esta problemática nos ha permitido ver que el lugar, el papel y la existencia misma de los derechos fundamentales son primordiales, esenciales en relación a las mundializaciones. Ellos son probablemente una de las preocupaciones más importantes de las mundializaciones porque la lógica de la extraterritorialidad o del libre intercambio mundial corre el riesgo de volver ilusorios muchos de los derechos fundamentales que creíamos fuertemente reconocidos. Si la cuestión de los derechos fundamentales continúa siendo el centro de las preocupaciones contemporáneas relativas a las mundializaciones, es porque los derechos fundamentales se han convertido en preocupaciones primordiales en la escena mundial. Ayudar al desarrollo, crédito financiero o estatus de país privilegiado en un tratado de libre comercio dependen, de ahora en adelante, de la apreciación de los derechos fundamentales en cada país, lo que impulsa el diagnostico de los derechos fundamentales en los diferentes países y ocupa un lugar destacado dentro de las preocupaciones “mundializadas”».
Rafał Chwedoruk es autor de diversos trabajos sobre el socialismo, la socialdemocracia y su relación con la religión. Ha publicado artículos muy significativos en el ámbito de la ciencia política. En su colaboración al homenaje a Gustav von Schmoller, en este caso en coautoría con Piotr Grudka, quien está terminando su tesis doctoral en el Instituto de Estudios Políticos de la Universidad de Varsovia, se ocupa de la situación de Polonia, pero teoriza sobre el socialismo de cátedra, tanto en Alemania como lo que ocurrió al respecto en Suiza. Da igualmente alguna información sobre la Verein für Socialpolitik. Schmoller usó la noción de Kulturstaat y también la de Rechtsstaat. En Polonia hubo una incidencia considerable sobre el socialismo de cátedra entre aquellos intelectuales influenciados por el imperialismo germánico. Sin embargo, el nacionalismo polaco daba la impresión de estar más vinculado a la Iglesia católica. Por otro lado, el Partido Socialista de Polonia estuvo muy influenciado por el marxismo austriaco. Los autores presentan luego las ideas de Leon Biliński, como socialista de cátedra, de Mieczysław Bochnek y Władysław Ochenkowski. También se detienen nuestros dos colaboradores polacos en precisar la importancia de Adolph Wagner como socialista de cátedra y nos ponen al corriente de que Biliński consideraba que el socialismo de cátedra y, en particular, Schmoller, era una tercera vía entre el liberalismo de Adam Smith y el socialismo. Para Biliński, en realidad, los socialistas de cátedra no habían creado ninguna teoría nueva y vivían del pensamiento de Adam Smith. Esta postura, en buena parte, constituye una notable exageración. La importancia de Roman Ribarski es la de un relevante economista, que se inspiró en los componentes principales de la Escuela germánica. Otro intelectual que suscita verdadero interés es Leopold Caro, que fue profesor de la Universidad polaca de Lviv, que mantenía posiciones considerablemente conservadoras y se manifestaba contrario al principio de igualdad social. Combatió el capitalismo, el individualismo, se manifestó beligerante con Charles Robert Darwin y no digamos con Piotr Kropotkin. Para Caro, la escuela histórica alemana era el ejemplo a seguir. Luego, muchos años más tarde, fueron otros los que la condenaron tan desconsideradamente, quizás en algunos casos por la dificultad que tendría la lectura de los miles de páginas que Gustav von Schmoller dejó escritas y publicadas. Resulta interesante saber que Jacob Collins ha escrito sobre la metafísica de la democracia y los totalitarismos.
Stamatios Tzitzis reincide en su línea de pensamiento de comparar los valores de la Grecia clásica con la decadencia de la Europa comunitaria, hablando de los trabajos honestos y de los grandes pensadores de Atenas y del poder y la valentía de los espartanos. Sigue a Homero, Hesiodo, Aristóteles, Platón, Eurípides, Jenofonte, Plutarco, Tucídides y, entre los modernos, a John Locke y su tratado del gobierno civil, a Jean-Jacques Rousseau, a Georges Ripert y a Georges Burdeau.
Dentro de la Sección de “Elementos de Doctrina, Teoría y Crítica”, Manuel J. Peláez comenta en inglés un libro publicado en lengua búlgara en 2017 sobre derecho del medio ambiente, que es una materia interdisciplinaria emergente en los últimos lustros dentro del mundo del Derecho. Añade una relación bibliográfica complementaria y distinta de la que aporta George Penchev en su libro.
Rosalía Rodríguez Dorado y Miguel Martínez Berna traducen al castellano la obra de George Secretan sobre el Derecho de la mujer, publicada en Lausana en 1886. Se plantean con mentalidad adecuada a ese momento del siglo XIX algunos de los derechos de la mujer y se hacen propuestas para avanzar en el reconocimiento del papel de la mujer no solo en la familia, sino también en la sociedad y en el espacio público en particular. Secretan hace un planteamiento jurídico respecto a lo que considera dos principios esenciales de su construcción como son las nociones de persona y de derecho. Resuelve perfectamente la idea de que no se puede concebir a la mujer como a alguien en función o en interés exclusivo del sexo masculino y así, según George Secretan, «moralmente, religiosamente no es ni más ni menos de lo que pueda ser el hombre un medio para el bien general en el que su bien propio está comprendido, y especialmente un medio para el hombre, la mujer es su propio fin, la mujer es un ser personal». Se plantea luego el controvertido tema del sufragio femenino, mostrándose partidario de que las mujeres gocen del sufragio activo y pasivo.
Juan Miguel Padilla Romero escribe un documentado y amplio estudio sobre “La política social en la doctrina del pensador alemán Gustav von Schmoller (socialismo de cátedra o liberalismo social en Prusia)”. Padilla aborda temas diversos relacionados con el itinerario intelectual de Schmoller, haciéndose eco también de doctrina francesa e italiana relacionada con el socialismo de cátedra, el concepto de trabajo, siguiendo a Hubert Hugo Hilf, quien escribió que todo lo referente a la ciencia que se ocupa del trabajo puede ser tenido en cuenta como un concepto-tejado y, por otro lado, también, como un concepto-ligamento. Recoge Juan M. Padilla la idea de Hubert H. Hilf de que «la ciencia del trabajo es una ciencia unitaria, sistemática, con una metodología propia (el experimento ergológico y el estudio de empresa), con una norma única (el rendimiento vital continuado) con un desarrollo lógicamente concreto, de importancia práctica». También virtualiza Padilla Romero las ideas de Lorenz von Stein y recoge ideas de autores como Lujo Bretano, Adolph Wagner, Emil Stutzer, William J. Ashley, W. E. B. du Bois, Richard T. Ely, Noburu Kanai, Friedrich List, Ferdinand Tonnies, Thorstein Veblen, Ferdinand Lassalle, Paul Kennedy, Émile Durkheim, Isabelle Lespinet-Moret, Pierre Lévêche, Carl Menger, Enric Prat de la Riba (en su primera etapa científica, no en la política), Francis Hutcheson, y de dos españoles significativos José Luis Monereo Pérez, a quien cita en numerosas oportunidades, y Jerónimo Molina Cano, intelectual de relieve en el capítulo de la Política Social.
El profesor de Filosofía y Teoría del Derecho Felipe R. Navarro Martínez nos aporta un curioso texto, titulado “Tachadura vs corrección. Acerca del ‘Tachado de los hechos’ en “Reportaje al pie de la horca”, de Julius Fučik (1903-1943)”. La cuestión es si en el fondo, en la forma o de ninguna de las dos maneras, a Fučik no le quedó más remedio que colaborar con los nazis e ir sobreviviendo como podía hasta que lo ejecutaron en 1943.
Se cierra este número 10 de la Revista europea de Historia de las ideas políticas y de las instituciones públicas con el discurso pronunciado por José Calvo González, el muy conocido y reconocido catedrático de Teoría del Derecho y de Filosofía del Derecho de la Universidad de Málaga, en el acto de imposición de que fue objeto de la Cruz de San Raimundo de Peñafort de primera clase por parte del ministro de Justicia Rafael Catalá en la sede de la Subdelegación del Gobierno en Málaga. Entre los asistentes al acto se contaron el alcalde de la ciudad de Málaga, el presidente de la Diputación provincial, el subdelegado del Gobierno, el decano y el primer vicedecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga, varios catedráticos y profesores titulares, contratados doctores, asociados de la Universidad malacitana y abogados del Estado, diputados, senadores, concejales, etc. Cuenta José Calvo con centenares de publicaciones. Su tesis doctoral, teniendo en cuenta los apéndices y correspondencia fue amplísima. En realidad, no tuvo director que le orientara y le dirigiera. Todo salió de su propio esfuerzo personal. Formado previamente en la Universidad Hispalense, J. Calvo mostró su agradecimiento hacia el magnífico plantel docente con que contaba esa Universidad. La Universidad malacitana no se ha comportado del todo bien con José Calvo González y le puso trabas en la rueda de su carrera universitaria, cuando más méritos académicos acumulaba, sus publicaciones se contaban por centenares y le eran reconocidos sexenios que a otros les eran denegados. Los miles de páginas salidos de su pluma le elevaron a la cátedra.
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Recibido el 19 de marzo de 2017 y aceptado el 30 de marzo de 2017.
*Catedrático de Historia del derecho y de las instituciones. Universidad de Málaga.
** Profesora titular de Traducción e Interpretación. Universidad de Málaga.
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