Revista europea de historia de las ideas políticas y de las instituciones públicas
ISSN versión electrónica: 2174-0135
ISSN versión impresa: 2386-6926
Depósito Legal: MA 2135-2014
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Director: Manuel J. Peláez
Editor: Juan Carlos Martínez Coll
BJARNE MELKEVIK Y SU PARTICULAR VISIÓN DE LA EPISTEMOLOGÍA JURÍDICA
Guillermo HIERREZUELO CONDE
Resumen: Bjarne Melkevik, considerado el más relevante profesor de Filosofía del Derecho y Metodología jurídica que en nuestros días hay en la provincia del Québec (que ojalá algún día llegue a ser un Estado independiente), en un libro suyo sobre Épistémologie juridique et déjà-droit, publicado en París en 2014, trata de ofrecer una respuesta a si el Derecho pretende servir como "justificación, fundación o ideología" y, si en tanto, ideología podría considerarse como una secta doctrinal, lo que denomina 'déjà-droit'. En efecto, nuestro autor considera que « le droit 'n'existe' pas », aunque la mayoría de los juristas sostienen dogmáticamente que el derecho "existe". Melkevik parte de que «el derecho no rige nada, y que todos los discursos que afirman que las conductas humanas son regidas por el derecho, no son exactos». En otras palabras, que las conductas humanas no son regidas en absoluto por el "derecho" (por la "ideo-ley"). Además, B. Melkevik defiende la tesis de que los hechos no permitirían ningún razonamiento sobre el "derecho". En otro orden de cosas, Melkevik recoge cuatro argumentos, que purgan el pensamiento jurídico moderno de toda ideología de un 'dejà-droit': el primero de ellos se fundamentaría en que el Derecho es el resultado de un proceso justo y equitativo; el segundo, que un jurista trabaja con textos que en realidad son herramientas de las que se serviría; el tercero, el dominio de los textos de los que se sirven los juristas; y, finalmente, que el Derecho se hace y se relaciona con una práctica, que aplica un juez. Bjarne Melkevik «constata que la noción de 'fuerza obligatoria' es constantemente invocada», si bien es un concepto doctrinal teórico y abstracto. Asimismo, nuestro autor parte de que la noción de "fuerza obligatoria" es la coordinadora de todo el discurso no sólo en el Derecho civil y contractual, sino también en el Derecho público (pp. 96-106).
Palabras clave: Epistemología jurídica, Bjarne Melkevik, François Gény, Michel Villey, Luc Vigneault, Pierre Robert.
En el siglo XX la epistemología jurídica giraba en torno al pensamiento de François Gény (1861-1959), que se encontraba recogido básicamente en su obra titulada Science et technique en droit privé positif (1913), influyendo de forma importante en el siglo XXI. Con ello Melkevik pretende ofrecer una respuesta a si el Derecho pretende servir como «justificación, fundación o ideología» y, si en tanto, ideología podría considerarse como una secta doctrinal, lo que denomina 'déjà-droit'. Melkevik define el 'déjà-droit' como la reunión de elementos distintos que postularían la existencia o la objetividad del "derecho".
La cuestión más importante de la epistemología jurídica se revela sobre el conocimiento. En este sentido, Bjarne Melkevik considera que « le droit 'n'existe' pas » (p. 17), aunque muchos autores defienden dogmáticamente que el derecho "existe" ya sea porque algunos parten de que el derecho existe no sólo en la "realidad", sino también en la sociedad, en los hechos, etc.; o bien otros que abogan porque el derecho existiría ya que el ser humano crea el derecho y, en consecuencia, también es capaz de crear conceptos metafísicos tales como "soberanía", "igualdad" o tantos otros. Melkevik parte de que «el derecho no rige nada, y que todos los discursos que afirman que las conductas humanas son regidas por el derecho, no son exactos» (p. 23). En otras palabras, que las conductas humanas no son regidas en absoluto por el "derecho" (por la "ideo-ley") (pp. 23-24). Además, Bjarne Melkevik defiende la tesis de que los hechos no permitirían ningún razonamiento sobre el "derecho" (pp. 24-25). Por otro lado, considera la existencia de un 'déjà-droit', una ideología, en el mundo o en las sociedades, pero con una fundamentación jurídica. Bjarne Melkevik aboga por la fusión de la práctica ‒es decir, los hechos, la realidad, la acción o la misma argumentación‒ y la teoría ‒los conocimientos o saberes abstractos, así como la especulación intelectual fundamentada en hipótesis‒ para obtener ese 'dejà-droit' (p. 33). En efecto, Melkevik destaca que un teórico, también llamado dogmático del Derecho, podría tener la idea de que «él escribe el derecho» e imaginar conceptos tales como 'regla del derecho', 'norma jurídica', 'validez jurídica', 'constitucionalidad' o 'principios jurídicos'. Por ello, «si nosotros construimos mal el Derecho, el mismo será 'malvado', pero si hacemos bien nuestra labor como jurista, el Derecho será todo 'bondad'» (p. 38). B. Melkevik recoge cuatro argumentos con un objetivo único, que purgan el pensamiento jurídico moderno de toda ideología de un 'dejà-droit': el primero de ellos, se fundamentaría en que el Derecho es el resultado de un proceso justo y equitativo; el segundo, que un jurista trabaja con textos que en realidad son herramientas de las que se serviría; el tercero, el dominio de los textos de los que se sirven los juristas, y, finalmente, que el Derecho se hace y se relaciona con una práctica, que aplica un juez (pp. 50-83). Bjarne Melkevik «constata que la noción de 'fuerza obligatoria' es constantemente invocada», si bien es un concepto doctrinal teórico y abstracto (pp. 87-88). De hecho, rechaza de partida toda explicación psicológica del concepto de "fuerza obligatoria", así como de un concepto jurídico en general. El autor rechaza epistemológicamente el principio de que toda atribución de cualquier cualidad psicológica a los conceptos jurídicos sería irracional (p. 92). Asimismo, parte de que la noción de "fuerza obligatoria" es la coordinadora de todo el discurso no sólo en el Derecho civil y contractual, sino también el Derecho público, si bien en este último con la particularidad de conjugarse con el principio de "validez" como metáfora de un "derecho en vigor" (pp. 96-106). Por otro lado, Melkevik piensa en la noción de "fuerza obligatoria", pero carente de obligación alguna (pp. 106-112). En efecto, la ausencia de obligación en el dominio del Derecho se explicaría por la mera necesidad de establecer una distinción entre el dominio de lo jurídico y el de la moral ‒o la ética‒.
Otras recensiones que hemos publicado sobre Melkevik son las siguientes: Tolérance et modernité juridique, en la Revista Europea de Historia de las Ideas Políticas y de las Instituciones Públicas (nº 1, Marzo, 2011, pp. 242-244); así como sus Réflexions sur la Philosophie du Droit, en la Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, Universidad Católica de Valparaíso (XXIV, 2002, pp. 449-451). Ofrecimos también otra valoración de una obra paradigmática de Melkevik, dirigida en colaboración con Luc Vigneault, que trata sobre su libro Droits démocratiques et identités, publicada en la Revista Crítica de Historia de las Relaciones Laborales y de la Política Social (nº 1-2, Diciembre 2010/Enero 2011, pp. 113-116). Melkevik es un ejemplo para tantos filósofos del Derecho españoles, como lo es José Luis Monereo Pérez, pero no son citadas, ni recensionadas sus obras en España, ni por iusfilósofos tirios, ni por iusfilósofos troyanos, ni siquiera por los filisteos. Es una vergüenza nacional, que no se puede tolerar en la presente publicación periódica que es sobre todo internacional. [Recibida el 25 de marzo de 2015].
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