Revista europea de historia de las ideas políticas y de las instituciones públicas


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Presidente del C.R.: Antonio Ortega Carrillo de Albornoz
Director: Manuel J. Peláez
Editor: Juan Carlos Martínez Coll


Bjarne Melkevik, Tolérance et modernité juridique, Les Presses de l´Université Laval, Québec, 2006, 147 págs.

Guillermo Hierrezuelo Conde

ABSTRACT: Otro nuevo libro del catedr�tico de Filosofia del Derecho de la Universidad Laval, el noruego Bjarne Melkevik, formado en Par�s. No necesariamente se tiene que coincidir con la idea de tolerancia que nos presenta Melkevik, habida cuenta que tolerar es admitir el error, darle carta de naturaleza, y no son pocos los que son partidarios de que con lo que no es verdad cabe el di�logo, pero no darles la raz�n. Cuesti�n diferente es la tolerancia religiosa de la tolerancia pol�tica.

PALABRAS CLAVE: Bjarne Melkevik, Tolerancia, Multiculturalismo, Derechos humanos, Thomas Hobbes, John Locke, Pierre Bayle, Martin Niem�ller.

La tolerancia hace referencia a la expresi�n de las opiniones, de las creencias y de las acciones relativas a la conciencia individual. Sin embargo, en las sociedades modernas democr�ticas y pluralistas a lo largo de los tiempos ha sufrido un proceso de ampliaci�n del concepto y de las esferas y de la tolerancia, que han quedado patentes en determinadas actitudes como la disoluci�n de la familia, la aparici�n del concubinato y otras conductas. En realidad, la intolerancia ha quedado reflejada en nuestra sociedad. La dificultad de estudiar la tolerancia desde el punto de vista de la Filosof�a del Derecho estriba en las distintas acepciones de la misma. Por otro lado, con la modernidad (a partir del siglo XVI) aparec�a el problema de la tolerancia tal y como lo entendemos hoy en d�a. Con la modernidad tambi�n se instauraron los reg�menes absolutistas. Pero los primeros sistemas de pensamiento de la tolerancia, como son los de Bayle, Hobbes, Spinoza y el mismo Locke, fueron anti-absolutistas (p. 17). Este �ltimo, que escribi� sobre la tolerancia religiosa, alcanz� a comprender esta tolerancia como un paradigma tambi�n aplicable a la tolerancia pol�tica. De hecho, la preocupaci�n principal del liberalismo era la de fundar instituciones justas, es decir, instituciones que no favorecieran a personas en detrimento de otras. El ideal de la neutralidad tendr�a como objetivo proteger las libertades individuales. Desde esta concepci�n, la tolerancia se presentar�a como una l�gica abstracta, normativamente universal y casi �cient�fica� (p. 24).

El fil�sofo calvinista Pierre Bayle (1647-1706) fue el primero en ofrecer una concepci�n moderna de la tolerancia. La estrategia empleada por Bayle era la de insistir sobre el hecho que la conciencia se encontraba sometida a la jurisdicci�n del hombre y de Dios. En esta sentido, elabor� su teor�a de los privilegios de la conciencia, que se fundamentaba en que los derechos de la conciencia estaban directamente ligados al Dios mismo y, en consecuencia, todos los intereses de una sociedad civilizada deb�an ceder ante la jurisdicci�n divina. De estas afirmaciones, se deduc�an que las autoridades civiles y terrenales no ten�an competencia propiamente dicha en materia de blasfemia y herej�a. Pero la cuesti�n de la libertad de actuar seg�n su propia conciencia estaba estrechamente relacionada con los privilegios de la consciencia. Sin embargo, el poder real fue, en parte, reconocido por Bayle en su car�cter de absoluto. Pero para P. Bayle el Estado no pod�a ser neutral, en la medida en que deb�a aceptar voluntariamente una religi�n. Bayle promet�a la tolerancia universal, es decir, la supremac�a del principio universal de la tolerancia sobre todas las creencias no violentas y pacifistas. Pero esta posici�n de tolerancia entre cristianos, Pierre Bayle la traslad� tambi�n a las religiones monote�stas de los jud�os y los musulmanes (que llamaba mahometanos, en el sentido no aceptado con frecuencia dentro del mundo isl�mico, de que la religi�n era de Mahoma, no de Allah). El te�rico alem�n Martin Niem�ller (1892-1984) rompi� en 1934 con la Iglesia del Reich, siendo arrestado en 1937 y encarcelado en el campo de concentraci�n de Sachsenhausen. A�os m�s tarde, en 1945, fue liberado.

En realidad, los Derechos humanos se han considerado como un compromiso por la tolerancia. De hecho, el multiculturalismo se ha presentado como un elemento de una cultura de tolerancia. Hay que tener muy presente en este �mbito la Declaraci�n de los principios sobre la tolerancia de la UNESCO. La tolerancia se confirmaba para todo individuo como el derecho a decir �no�. El Derecho internacional de las minor�as, tras la II Guerra Mundial, ha construido un modelo abstracto de los Derechos del hombre. De hecho, la nueva tendencia del Derecho internacional de las minor�as pasar�a por un doble tratamiento normativo a las minor�as: la universalidad, por un lado, y por otro el reconocimiento de un privilegio a la identidad cultural (p. 77). Melkevik afirma que el Derecho de las minor�as ha servido para justificar una de las guerras m�s sangrientas y m�s crueles de la historia de la humanidad. El art. 27 del Pacto internacional de los Derechos civiles y pol�ticos de 1966 reconoc�a como novedad un Derecho de las minor�as. Tambi�n hay que tener muy presente la Convenci�n 107, de 1957, relativa a las poblaciones abor�genes y tribales de la Organizaci�n Internacional del Trabajo (pp. 82-83). Es evidente que una persona constru�a su identidad en un proceso evolutivo en el que existir�an irremediablemente crisis y rupturas. Bjarne Melkevik nos recalca la idea de que el reconocimiento de la identidad y del privilegio de la identidad favorec�a la negociaci�n. B. Melkevik destaca que el privilegio de la identidad participaba en una profunda reestructuraci�n de nuestra comprensi�n del Derecho internacional. La Declaraci�n de los Derechos del hombre y del ciudadano de 1789 recog�a de este modo la estatalizaci�n, ideol�gica y pol�tica, de los Derechos humanos en detrimento de un posicionamiento adecuado del individuo. En este punto nos permitimos no coincidir con Melkevik.

Burke ha mantenido que los Derechos del hombre en la Declaraci�n francesa eran moral y pol�ticamente falsos, en la medida en que no hac�an ninguna referencia a una concepci�n moral o pol�tica metaf�sicamente superior (p. 104). Por ello, distingu�a entre los falsos Derechos humanos, aquellos promulgados por la Revoluci�n francesa, de los verdaderos Derechos del hombre, que ser�an resultado del common law, o mejor, de la experiencia concreta y moral de las personas en el ejercicio de sus libertades concretas.

La cr�tica marxista a los Derechos humanos ha sido sutil y multidimensional. Marx siempre ha sostenido que la victoria de la noci�n de los Derechos del hombre tuvo lugar con la eliminaci�n efectiva de la noci�n pol�tica representada en la sociedad civil. Esto se constat�, seg�n Marx, con la disoluci�n de la sociedad feudal como sociedad pol�tica.

Bjarne Melkevik, Doctor en Derecho por la Universidad de Par�s II y Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad Laval, cuenta en su haber con una amplia bibliograf�a en Filosof�a del Derecho, epistemolog�a y metodolog�a jur�dicas. Entre sus obras m�s recientes destacan: Horizons de la philosophie du droit (1998 y 2004), R�flexions sur la philosophie du droit (2000) y Consid�rations juridico-philosophiques (2005). [Recibido el 31 de octubre de 2010].



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