Revista europea de historia de las ideas políticas y de las instituciones públicas


ISSN versión electrónica: 2174-0135
ISSN versión impresa: 2386-6926
Depósito Legal: MA 2135-2014

Presidente del C.R.: Antonio Ortega Carrillo de Albornoz
Director: Manuel J. Peláez
Editor: Juan Carlos Martínez Coll


Antonio Fernández de Buján, Derecho Público Romano, Thomson-Civitas, Pamplona, 2010, 13ª edición, 432 págs.

José Luis Zamora Manzano

ABSTRACT: En la presente rese�a se destacan los aspectos y novedades de la 13� edici�n del libro de Derecho p�blico romano en el que, al margen de las etapas hist�ricas y las fuentes del Derecho romano, se aborda el Derecho administrativo junto a la incorporaci�n del Derecho fiscal romano, esto �ltimo como novedad, y la recepci�n del Derecho romano en el Derecho castellano e iberoamericano. Estamos, por tanto, ante una obra que, sin lugar a dudas, constituye un trabajo ejemplar, con una labor de exposici�n y sistematizaci�n que el autor ha hecho de forma encomiable y que se ha convertido en el principal manual de referencia del Derecho p�blico romano.

PALABRAS CLAVE: Derecho p�blico romano, Formas de gobierno, Comicios, Senado, Princeps, Compilaci�n justinianea, Derecho administrativo, Expropiaci�n, Utilitas publica, Ius fiscale, Aerarium, Thesaurus, Debitor, Delationis fiscale, Principios tributarios, Derecho europeo, Ius commune, Derecho castellano, Derecho iberoamericano, Antonio Fern�ndez de Buj�n.

Acaba de ver la luz la decimotercera edici�n del manual de Derecho p�blico romano de Antonio Fern�ndez de Buj�n, Catedr�tico de Derecho romano de la Universidad Aut�noma de Madrid, un manual que aunque procede del ambiente acad�mico, tiene un enorme rigor cient�fico, toda vez que se trata de un libro ameno, muy bien escrito, comprensible y sobre todo did�ctico , aspecto este �ltimo fundamental teniendo en cuenta los nuevos tiempos en los que la ense�anza universitaria experimenta una profunda renovaci�n por el Espacio Europeo de Ense�anza Superior , y en el que los enfoques did�cticos cl�sicos centrados en el aula y en la actividad del profesor, cambian por una metodolog�a de ense�anza-aprendizaje centrada en la actividad aut�noma del estudiante , a lo que contribuye el A. con este nuevo manual. A ello debemos a�adir los muchos motivos de encomio que suscitan las actualizaciones y revisiones que a lo largo de los a�os se han ido produciendo en el mismo desde su edici�n del a�o 1996.

En este sentido, es menester que nuestros libros adoctrinen sobre el significado del Derecho p�blico romano con una proyecci�n que permita obviamente examinar un Derecho cient�fico y jurisprudencial que naci�, se desarroll� y se extingui� en un clima de evoluci�n social y pol�tico interesant�simo , contribuyendo de esta forma a conformar unas ideas bastante claras sobre lo que es y representa el dinamismo jur�dico; a ello, sin lugar a dudas, contribuye este libro. Asimismo, cabe precisar antes de analizar brevemente su contenido, que la obra incorpora todo un elenco bibliogr�fico sobre los avances registrados en la investigaci�n hist�rica del Derecho p�blico a los que el A. va dando en su sistem�tica un tratamiento riguroso y preciso, explicando en todo momento su engarce con lo com�n y general, donde la jurisprudencia romana dio vida a un cuerpo doctrinal que postula lo mejor de cara a aquel tiempo y al nuestro . En esta obra, en la que el A., con amplio rigor cient�fico y an�lisis minucioso y exhaustivo, como corresponde a su reconocido prestigio como romanista, aporta al estudiante, inmerso en los estudios de Grado, la visi�n y el contexto hist�rico del Derecho romano, con sus etapas hist�ricas, las fuentes y la importancia de la tradici�n y recepci�n, desde la romanizaci�n jur�dica de Hispania hasta las diferentes codificaciones tanto europeas como iberoamericanas; a lo que se a�ade, junto al Derecho administrativo romano, como novedad en la 13� edici�n un cap�tulo dedicado al Derecho fiscal romano y los principios tributarios. De esta forma ofrece al estudiante el punto focal en el que ir construyendo el armaz�n jur�dico resaltando la importancia y el valor formativo de nuestra disciplina.

No pretendemos en esta rese�a hacer menci�n de todos los aspectos y matices que contiene la obra de Antonio Fern�ndez de Buj�n, y que constituye adem�s de un ejemplo de buen hacer roman�stico, un manual de referencia obligado no s�lo para el romanista sino para todo estudioso del Derecho que quiera hallar en el Derecho p�blico romano la g�nesis de la mayor parte de los conceptos jur�dicos que se manejan a nivel constitucional, penal, procesal, jur�dico-administrativo y fiscal, entre otros.

En aras a la brevedad y siempre teniendo presente que en una rese�a es dif�cil destacar todos los proleg�menos con el rigor con los que son analizados por el A., debemos precisar que el manual se estructura en veinte cap�tulos (pp. 31-384): Como port�n de entrada al estudio de las diferentes formas de gobierno se desarrollan: los cap�tulos I (pp. 31-39) donde el A. se centra en el concepto, el valor actual del Derecho p�blico romano, las etapas y sus fuentes y el II (pp. 45-75) que se dedica al estudio los m�todos y la importancia del Derecho romano como elemento esencial y v�nculo de uni�n entre el Derecho europeo y el iberoamericano.

Posteriormente, con rigor cartesiano, el A. va analizando de forma pormenorizada las distintas etapas del sistema constitucional romano, desde la g�nesis de la monarqu�a en el cap�tulo III (pp. 75-82) con las organizaciones prec�vicas, a la importancia de la figura carism�tica del rey del cap�tulo IV (pp. 83-90) d�nde de forma sint�tica se analizan sus funciones, la creaci�n del Senado y el nacimiento de los comicios por curias y centurias.

El autor continua con una aproximaci�n a la experiencia jur�dica romana en la conformaci�n de la Rep�blica en el cap�tulo V (pp. 91-97) como instrumental del VII, en el que se examina el tr�nsito de la Monarqu�a a la Rep�blica y el antagonismo de clases entre patricios y plebeyos.

Posteriormente en el cap�tulo VI (pp. 99-108) se estudia de forma sucinta la codificaci�n de la Ley de las XII tablas y su elaboraci�n por parte de los decemviri legibus scribundis, junto al contenido de la ley.

Los cap�tulos VII (pp. 113-118), VIII (pp. 123-129), IX (pp. 131-142) y X (pp. 143-160) versan sobre todos los aspectos pol�ticos, sociales y jur�dicos de la Rep�blica romana tras la consolidaci�n de este periodo, con un desarrollo que el A. realiza prestando l�cida atenci�n sobre el Senado republicano y sus competencias, las asambleas y el procedimiento comicial, todo el elenco de magistrados con sus caracter�sticas y funciones, para cerrar con el cap�tulo X centrado en las fuentes de esta etapa y la jurisprudencia con un laborioso ejercicio de s�ntesis, destacando los aspectos y las vicisitudes de mayor relevancia.

El cap�tulo XI (pp. 161-167) est� dedicado a contextualizar el per�odo comprendido entre la Rep�blica y el Principado, en el que el A. hace hincapi� en la expansi�n mediterr�nea y sobre todo la organizaci�n pol�tico-administrativa del territorio en municipios, colonias y provincias profundizando en la forma de anexi�n en base a la lex provinciae.

De otro lado, continuando con la estructura que nos presenta el A., manteniendo el hilo conductor y manejando de forma fluida y con precisi�n las fuentes jur�dicas y literarias, en el cap�tulo XII (pp. 173-189) nos habla de la cuarta forma de gobierno el Principado, la figura de Augusto como princeps y el periodo de esplendor de las artes y de las letras, y donde adem�s se van marcando las notas del autoritarismo que inciden en un poder carism�tico que choca con la idea de la sucesi�n din�stica; periodo en el que el A. nos ilustra sobre los problemas de la sucesi�n, la Administraci�n y el Derecho de esta etapa, haciendo hincapi� en la etapa de la jurisprudencia cl�sica.

En el cap�tulo XIII (pp. 195-204) se estudia la �ltima forma de gobierno: el Dominado o Imperio absoluto junto a la influencia del Cristianismo en los �rganos de gobierno hasta su promulgaci�n a finales del siglo IV como religi�n oficial del Estado. Recogi�ndose adem�s por parte del A. las dos tendencias del Derecho de este periodo: la primera las disposiciones emanadas por el emperador leges y las obras jurisprudenciales iura y, por otro lado, el fen�meno del Derecho romano vulgar (Vulgarrecht) haciendo menci�n a las distintas posturas doctrinales de Pugliese y Guarino frente a la Mitteis, Levy o Wieacker.

Cierra su estudio hist�rico con el cap�tulo XIV (pp. 211-223) dedicado al imperio bizantino y sobre todo centrado en la Compilaci�n justinianea y posjustinianea y en el an�lisis hist�rico cr�tico de las fuentes del Derecho romano.

Al socaire de todo la l�nea argumental mantenida por el A. en los primeros catorce cap�tulos se puede apreciar una visi�n de conjunto de gran calidad cient�fica de la que se aprecia como el Derecho p�blico romano nace y evoluciona al comp�s de todo un amalgama de factores sociales, pol�ticos y econ�micos que son sistematizados con gran precisi�n en el manual.

Despu�s del an�lisis minucioso del sistema constitucional romano y sus fuentes, Antonio Fern�ndez de Buj�n introduce h�bilmente el cap�tulo XV (pp. 227-235) dedicado al Derecho penal romano centr�ndose en la Ley de las XII tablas y en la etapa en la que queda asumido bajo la competencia Estatal. Bajo este prisma el A. se centra principalmente en los iudicium populi desde el comitiatus maximus a procesos ante magistrados espec�ficos como los quaestores parricidii o los duoviri perduellionis, o los tribunales penales permanentes quaestiones perpetuae con competencia de delitos electorales (ambitu), crimen falsi, peculatus, adulterii, calumniae, iniuriis, maiestatis; para cerrar el cap�tulo con el Derecho penal en el Principado donde aumenta la facultad coercitiva del Emperador y sus funcionarios que van a resolver los delitos en sede de la cognitio extra ordinem.

El Cap�tulo XVI (pp. 241-259) versa sobre el Derecho administrativo romano, donde se nos presenta la compleja problem�tica de toda una l�nea de investigaci�n novedosa cuyos resultados de investigaci�n han quedado plasmados en una colecci�n de estudios y monograf�as de Derecho romano en la editorial Dykinson bajo la secci�n de Derecho administrativo y fiscal que A. Fern�ndez de Buj�n dirige. En el manual y dado que el libro va dirigido al �mbito de la formaci�n acad�mica, el A. sintetiza y condensa la experiencia administrativa romana destacando la organizaci�n administrativa y las competencias de �sta que casan perfectamente con el derecho moderno: concesiones sobre el ager publicus, servicios p�blicos y urbanismo, regulaci�n de las competencias en la Administraci�n en materias de orden p�blico (tr�fico, polic�a, salubridad, abastecimiento de las ciudades). Tambi�n se examinan, entre otros aspectos, la regulaci�n jur�dico-administrativa de las v�as p�blicas, previsi�n de gastos para la construcci�n de calzadas, caminos y los trabajos de reparaci�n y conservaci�n, r�gimen fiscal de las v�as (inmunidad y bonificaciones) y el procedimiento de Expropiaci�n forzosa por utilitas publica.

Como novedad de esta decimotercera edici�n se introduce un importante cap�tulo XVII (pp. 267-288) en el que se analiza el Derecho fiscal romano. As� el A., que adem�s es experto en esta l�nea de investigaci�n, se�ala que la denominaci�n y conformaci�n de numerosos conceptos e instituciones del moderno derecho financiero tienen su precedente hist�rico en el derecho romano haciendo hincapi� en sus observaciones preliminares en los conceptos de aerarium, fiscus y thesaurus. De esta forma el A. con una met�dica capacidad de establecer relaciones rigurosas entre los distintos �mbitos de conocimiento se�ala que el derecho fiscal moderno es heredero del ius fiscale romano ya que el primero no puede ser rectamente entendido sino a trav�s del hilo conductor que supone su proceso hist�rico. Tras el an�lisis de la clasicidad del l�xico y de los conceptos ius fiscale, tributum, stipendium, debitor, delationis fiscale, onus tributi, etc�, nos comenta como los instrumentos del derecho financiero tambi�n son objeto de regulaci�n en el derecho romano citando (p. 271): los �ndices de inflaci�n, flujos monetarios, devaluaci�n de la moneda, prohibici�n de exportar armas, franquicias aduaneras, inversi�n de capitales, etc.

Asimismo, el A. nos habla del fundamento de la imposici�n fiscal (pp. 272-276) que va a evolucionar al socaire de las circunstancias pol�ticas, econ�micas y sociales teniendo presente que los principios informadores del sistema tributario que encuentran su g�nesis en reflexiones jurisprudenciales romanas, inspirando muchos de los principios recogidos en la Ley General Tributaria como: el de proporcionalidad y capacidad econ�mica; igualdad y generalidad de la imposici�n, benignidad, humanidad y equidad; legalidad o reserva de ley, indisponibilidad, objetividad y seguridad jur�dica, razonabilidad y utilidad com�n y el de preclusi�n (pp. 277-288).

Los tres �ltimos cap�tulos del XVIII al XX se dedican a examinar la recepci�n del Derecho romano. En el XVIII (pp. 293-316) el A. resume de forma clara y precisa la recepci�n en el siglo XI en Bolonia en la escuela de los glosadores y la formaci�n del ius commune, y su evoluci�n a lo largo del resto de escuelas: comentaristas, humanistas hasta llegar al usus modernus pandectarum, la escuela de Derecho natural del siglo XVIII hasta el inicio de las grandes codificaciones, en particular el C�digo civil franc�s y el BGB alem�n de 1900 (pp. 295-307). Asimismo, nos plantea la importancia que tiene el Derecho romano desde el punto de vista del Derecho comunitario europeo ya que el mismo est� llamado a cumplir un papel importante en la previsible codificaci�n del Derecho privado europeo por su universalidad y versatilidad, al ser �ste un elemento de cohesi�n y de intermediaci�n entre los diferentes ordenamientos.

El pen�ltimo cap�tulo XIX (pp. 323-367) se centra en la Recepci�n del Derecho romano pero de forma monogr�fica al territorio peninsular. A mi juicio constituye un cap�tulo importante e instrumental para comprender la recepci�n del ordenamiento jur�dico romano en nuestro territorio. Para ello el A. se centra en la historia prerromana y el marco pol�tico de estos pueblos para ver la evoluci�n tras la conquista y romanizaci�n (pp. 333 y ss.). Despu�s de un an�lisis minucioso de las notables influencias del ordenamiento jur�dico romano, se establecen las huellas que quedan en el ordenamiento visigodo y su relevancia en el Derecho castellano en particular: en el C�digo de las siete partidas, Fuero real, Leyes de Toro y la Nueva y Nov�sima recopilaci�n (pp. 339-342). Se cierra el cap�tulo con un apunte sobre la importancia que tiene el Derecho romano como antecedente y fundamento del Derecho civil espa�ol, poniendo de manifiesto la mella y el trasunto fiel de muchas de sus instituciones.

Finalmente el A. en el �ltimo cap�tulo XX (pp. 373-383) aborda el estudio de la recepci�n del derecho romano en Iberoam�rica, fen�meno marcado en gran medida por la incorporaci�n de las Indias a la corona de Castilla y la aplicaci�n del Derecho castellano de acusada influencia roman�stica a trav�s de la ley de Partidas; �stas y otras influencias han quedado marcadas en los c�digos iberoamericanos cuya redacci�n se prolong� entre los siglos XIX y XX, entre los que se destacan como paradigma el Chileno, el Argentino y el proyecto Brasile�o de 1865 que evidentemente heredan del c�digo de Napole�n; as� tambi�n se puede afirmar que el Derecho romano constituye un factor de unidad cultural latinoamericana.

Cada cap�tulo contiene un elenco bibliogr�fico que se ha ido actualizando a lo largo de las ediciones que sirve para ver las publicaciones y que ayudan al investigador a saber las monograf�as y art�culos que versan sobre cada tema a las que se han ido a�adiendo las citas correspondientes a las revistas electr�nicas; de forma particular la Revista General de Derecho Romano del portal iustel (www.iustel.com) que dirige el propio Antonio Fern�ndez de Buj�n.

Para cerrar esta obra el autor, con gran acierto, ha introducido una amplia tabla cronol�gica (pp. 386-399) que ayuda a apreciar los episodios y vicisitudes hist�ricas m�s importantes a lo largo de las distintas etapas; tambi�n un �ndice anal�tico que permite localizar r�pidamente la voz en el manual (pp. 401-420); y finalmente unos mapas (pp. 421-432) que nos permiten contextualizar la evoluci�n y expansi�n del Imperio y la conformaci�n de la provincia de Hispania.

Nos congratula podernos hacer eco de esta decimotercera edici�n revisada del manual de Derecho p�blico romano de Antonio Fern�ndez de Buj�n, que sin lugar a dudas constituye un trabajo ejemplar como he puesto de manifiesto en estas l�neas que tratan de ser indicativas de la labor de exposici�n y sistematizaci�n que el A. ha hecho de forma encomiable demostrando su h�bil destreza en el manejo de las fuentes jur�dicas y extrajur�dicas con una profunda y rigurosa disecci�n y solidez argumentativa, haciendo al mismo tiempo una s�ntesis de aspectos fundamentales con enorme car�cter did�ctico, que dan al libro una notable coherencia interna que ayudan al que se acerca a la materia por primera vez y a comprenderla sin ning�n tipo de dificultad; lo que se percibe por estar ejemplarmente documentada y escrita con un lenguaje conciso y elegante. En definitiva, estamos ante una obra actualizada que viene a enriquecer a cualquier jurista que trate de aproximarse al estudio del Derecho p�blico romano a lo largo de sus etapas y la recepci�n del mismo, con dos cap�tulos que hacen alusi�n a las nuevas l�neas de investigaci�n emergentes en los �ltimos a�os el Derecho administrativo y el fiscal romano que encuentran un estudio pormenorizado en cap�tulos independientes. De esta forma se aprecia en toda la obra un hilo conductor que permite una lectura ininterrumpida y amena que sirve para observar la conexi�n entre la investigaci�n hist�rica y la dogm�tica actual y poder llegar a la conclusi�n de que en muchos casos el derecho positivo es un trasunto fiel del Derecho romano.

En conclusi�n, cabr�a afirmar, en definitiva, que el Derecho p�blico romano de Antonio Fern�ndez de Buj�n, se viene ya conformando desde hace a�os, por su ampl�sima difusi�n entre el profesorado y los estudiantes de ense�anzas jur�dicas, y por su original y valioso contenido, como la principal obra de referencia en la roman�stica espa�ola. [Recibido el 31 de enero de 2010].



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